DECRETO

Taxonomy

Code

Scope note(s)

  • Codigo: 1499

Display note(s)

Hierarchical terms

DECRETO

Equivalent terms

DECRETO

Associated terms

DECRETO

1243 Archival description results for DECRETO

1243 results directly related Exclude narrower terms

Decreto N° 545

Decreto Nº 545 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue: teniendo presente que el Ciudadano René Gabriel Vergara Poch, constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado y por los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y la facultad que le confiere al Ministerio del Interior en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974 y lo dispuesto en el Nº 2 del Decreto de Interior Nº 2.032 con fecha 4 de diciembre de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a notificar al Sr. René Gabriel Vergara Poch, que deberá abandonar el Territorio Nacional… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 529

Decreto Nº 529 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que los Ciudadanos a que se refiere el presente Decreto constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974 y lo dispuesto en el Nº 2 del Decreto de Interior Nº 2.032 con fecha 4 de diciembre de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a notificar a las personas que se mencionan a continuación deberán abandonar el Territorio Nacional: 1. Patricia Aceituno Soto 2. Pascual Jeldres Cartes 3. Hipólito Núñez Albornoz 4. Juan Nicanor Reyes Moris 5. Roberto Veliz Veas… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto N° 528

Decreto Nº 528 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que los Ciudadanos a que se refiere el presente Decreto constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974 y lo dispuesto en el Nº 2 del Decreto de Interior Nº 2.032 con fecha 4 de diciembre de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a notificar a las personas que se mencionan a continuación deberán abandonar el Territorio Nacional: 1. Luis Rodolfo Ahumada Carvajal 2. Sara Mercedes Astica Cisternas 3. Miguel Ángel Baeza Chaud 4. Renato Cardini Riveros 5. José Pastor Carrasco Calderón... Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 520

Decreto Nº 520 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que Francisco Torvisco Delgado de Nacionalidad Española constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado y por los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y la facultad que le confiere al Ministerio del Interior en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites Francisco Torvisco Delgado… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 511

Decreto Nº 511 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que los Ciudadanos Hollings Worth Lee Estadounidense y Guillermo González Prieto Argentino constituyen un peligro para la Seguridad Interior del Estado y por los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y la facultad que le confiere al Ministerio del Interior en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites a expulsar del Territorio Nacional a los Ciudadanos Hollings Worth Lee Estadounidense y Guillermo González Prieto Argentino… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 502

El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que los Ciudadanos a que se refiere el presente Decreto constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974 y lo dispuesto en el Nº 2 del Decreto de Interior Nº 2.032 con fecha 4 de diciembre de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a notificar a las personas que se mencionan a continuación deberán abandonar el Territorio Nacional: 1. Sergio Eladio Abarca Cisterna 2. Luis Roberto Avaria Berrios 3. Salomón Elías Allel Isa 4. Carlos Rolly Aravena Pérez 5. Mario Enrique Aguilera Salazar 6. René Enrique Altamirano Cornejo 7. Guillermo Segundo Álvarez Gálvez 8. Francisco Javier Álvarez González … Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 501

Decreto Nº 501. El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que el Sr. Camilo Ernesto Muñoz Villa constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Ley Nº 604 de 1974. Decreto: Prohíbase el ingreso al Territorio Nacional al Sr. Camilo Ernesto Muñoz Villa… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 467

Decreto Nº 467. El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que los Ciudadanos a que se refiere el presente Decreto constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974 y lo dispuesto en el Nº 2 del Decreto de Interior Nº 2.032 con fecha 4 de diciembre de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a notificar a las personas que se mencionan a continuación deberán abandonar el Territorio Nacional: Pedro Carrillo Cárdenas, Floridor Espinoza Donoso, Octavio García Zegarra, Manuel Garrido Meneses, Jorge Iván González Paredes, Jaime Ramón Ibacache Lagos, René Lobos Umanzor, Juan Tadeo Maldonado Maldonado, José Antonio Matta Palet, Leonardo Maturana Bañados, Guillermo Mela Rossel , Cosme Noriega Ordoñez, Luis Alberto Ramírez Martínez, Eulogio Sánchez Bustos y Luis Alberto Villarroel Becerra… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 462

Decreto Nº 462. El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que la Ciudadana Patricia Covarrubias Barrientos constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974 y lo dispuesto en el Nº 2 del Decreto de Interior Nº 2.032 con fecha 4 de diciembre de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites a la Sra. Patricia Covarrubias Barrientos… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto N° 461

Decreto Nº 461 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que el Ciudadano Humberto Newes Velásquez constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974 y lo dispuesto en el Nº 2 del Decreto de Interior Nº 2.032 con fecha 4 de diciembre de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites al Sr. Humberto Newes Velásquez… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 460

Decreto Nº 460 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que el ciudadano Luis Muñoz García constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado. Que la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos por Oficio Res Nº 3550/575, con fecha 24 de marzo de 1974, solicita su expulsión del país, en virtud de los antecedentes señalados en el referido Oficio… Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites a Luis Muñoz García.. Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 459

Decreto Nº 459 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que el Ciudadano Vicente Maximiliano Aguayo Abalos constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974 y lo dispuesto en el Nº 2 del Decreto de Interior Nº 2.032 con fecha 4 de diciembre de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites al Sr. Vicente Maximiliano Aguayo Abalos… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 458

Decreto Nº 458 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que los Ciudadanos Hernán Eugenio Schwenberg Fernández y Gabriel Rodríguez García-Huidobro constituyen un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974 y lo dispuesto en el Nº 2 del Decreto de Interior Nº 2.032 con fecha 4 de diciembre de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites a los Sres. Hernán Eugenio Schwenberg Fernández y Gabriel Rodríguez García-Huidobro… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N°

Decreto Nº El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que el ciudadano David Julio Carmona Mager , se encuentra actualmente en el extranjero; que la citada persona podría, eventualmente, regresar al País hecho que es necesario evitar, ya que constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado y de conformidad a lo expuesto en el artículo 1º Decreto Ley Nº 604, de 1974. Decreto: Prohíbase el ingreso al Territorio Nacional a David Julio Carmona Mager… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 431

Decreto Nº 431 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que el ciudadano Oscar Carlos Marcoletta Vasso constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites al Sr. Oscar Carlos Marcoletta Vasso… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 412

Decreto Nº 412 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que el ciudadano Armin España Poffald constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado. Que la Dirección de Inteligencia Nacional por Oficio Res Nº 3550/545, con fecha 18 de marzo de 1976, solicita su expulsión del país, en virtud de los antecedentes señalados en el referido Oficio… Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites a Armin España Poffald. Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 409

Decreto Nº 409 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que por Decreto Nº 126 con fecha 2 de Febrero de 1976, se dispuso la expulsión del país de Pedro Cano Paciglia, Walter García Alcocer y de Fátima Armida Mohor Schemessane. Que la Dirección General por Oficios Res Nº 198 y 206, con fecha 24 de marzo de 1976, informa los nombres correctos de las citadas personas son Pedro Emeterio Cano Pagliai, Jorge Raúl Zwaig Iampolsky y Fátima Arminda Mohor Schemessane. Decreto: Modifíquese el Decreto Nº 126 de 1976 del Ministerio del Interior en el sentido de que la medida de expulsión corresponde a: Pedro Emeterio Cano Pagliai, Jorge Raúl Zwaig Iampolsky y Fátima Arminda Mohor Schemessane… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 402

Decreto Nº 402 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que por Decreto Nº 2187 de diciembre de 1974, se ordeno la expulsión del país de los Ciudadanos María Stella Dabancens Gándara y de Miguel Luis Squella Espina y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Que ésta Secretaría de Estado ha obtenido nuevos antecedentes sobre dichas personas, que siguieren dejar sin efecto la medida adoptada en su contra y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7,9 y 10 del Decreto de Ley Nº 527 de 1974 Decreto: Deróguese el Decreto del Ministerio del Interior Nº 2187 con fecha 31 de diciembre de 1974, que dispone la expulsión del territorio nacional de los Ciudadanos María Stella Dabancens Gándara y de Miguel Luis Squella Espina… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 401

Decreto Nº 401 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que por Decreto Nº 955 de julio de 1975, se ordeno el abandono obligado del país de Jorge Héctor Traslaviña Silva. Que, por Decreto Exento de interior Nº 1827, con fecha 19 de diciembre de 1975, se puso término a la reclusión de Jorge Héctor Traslaviña Silva, ordenándose su libertad y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: Déjese sin efecto el Decreto Nº 955 de 1975, del Ministerio del Interior, que dispuso el abandono obligado del país de Jorge Héctor Traslaviña Silva y Rolando Francisco Olguín Álvarez , en la parte que se refiere al Sr. Traslaviña. Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 392

Decreto Nº 392 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que Marcelo Wladimir Dualde Magnet y Juan Enrique Penjean Uriolf constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites a los Sres. Marcelo Wladimir Dualde Magnet y Juan Enrique Penjean Uriolf... Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 361

Decreto Nº 361 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que Amnie Susana Calderón Tapia, constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974 y lo dispuesto en el Nº 2 del Decreto Nº 2.032 con fecha 4 de diciembre de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites a la Sra. Amnie Susana Calderón Tapia... Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 373

El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que los ciudadanos constituyen un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974 y lo dispuesto el Nº 2 del Decreto Interior con fecha 4 de diciembre de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites a 1. Alejandro Alarcón Henríquez 2. Nahum Castro Henríquez 3. Héctor Mellado Diez… Enrique Montero Marx

Untitled

Decreto N° 366

Decreto N° 366 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que Oscar Lenin Cruz Arribada, Luis Humberto Flores Gutiérrez, Elvira Genoveva Gavilán Mancilla, José Bernardo González Salinas, Víctor Manuel Osorio Núñez, Rosa del Carmen Pérez Barrios y Mauricio Yunge Barrios constituyen un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites a Oscar Lenin Cruz Arribada, Luis Humberto Flores Gutiérrez, Elvira Genoveva Gavilán Mancilla, José Bernardo González Salinas, Víctor Manuel Osorio Núñez, Rosa del Carmen Pérez Barrios y Mauricio Yunge Barrios… Rolando Puelma Lillo

Untitled

Decreto N° 365

Decreto N° 365 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que por Decreto Nº 1027, con fecha 11 de agosto de 1975, se dispuso la expulsión de Weng Cheng Yi y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: Déjese sin efecto el Decreto Nº 1.048, de 1975, del Ministerio del Interior que dispone la expulsión del Territorio Nacional de Weng Cheng Yi… Rolando Puelma Lillo

Untitled

Decreto N° 365

Decreto N° 365 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que por Decreto Nº 1027, con fecha 11 de agosto de 1975, se dispuso la expulsión de Weng Cheng Yi y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: Déjese sin efecto el Decreto Nº 1.048, de 1975, del Ministerio del Interior que dispone la expulsión del Territorio Nacional de Weng Cheng Yi… Rolando Puelma Lillo

Untitled

Decreto N° 363

Decreto N° 363 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que Jorge Martín Quiroga Larre, constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites al Sr. Jorge Martín Quiroga Larre... Rolando Puelma Lillo

Untitled

Decreto N° 364

Decreto N° 364 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que Juan Carlos Cook Venegas, constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites al Sr. Juan Carlos Cook Venegas… Rolando Puelma Lillo

Untitled

Decreto N° 309

Decreto N° 309 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que por Decreto Nº 1027, con fecha 11 de agosto de 1975, se dispuso la expulsión de John Brizn Van Resenburg y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: Déjese sin efecto el Decreto Nº 1.027, de 1975, del Ministerio del Interior que dispone la expulsión del Territorio Nacional de John Brizn Van Resenburg… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 342

Decreto N° 342 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que Ingrid Sylvia Heitmann de Luchsinger, constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites a la Sra Ingrid Sylvia Heitmann de Luchsinger Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 343

Decreto N° 343 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que Cristian Castillo Echevarría, constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites al Sr. Cristian Castillo Echevarría… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 341

Decreto N° 341 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que el Sr. Adam Willem Witkamp Van Der Gogh y las Srtas. Lilia Ofelia Jorge Pérez y Fanny Medwinsky constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites a : 1. Adam Willem Witkamp Van Der Gogh 2. Lilia Ofelia Jorge Pérez 3. Fanny Medwinsky … Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 314.

Decreto N° 314. El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que José Fernando Zalaquett Daher, constituye un peligro para la Seguridad Interior del Estado, en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 81 de 1973, modificado por el Decreto Nº 684 de 1974. Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a expulsar sin más trámites a José Fernando Zalaquett Daher... Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 277

Decreto N° 277. El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que por Decreto Nº 1.501, con fecha 6 de septiembre de 1974, dispuso la expulsión del país de Rafael Alarcón Pinochet y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 81, de 1973 modificado por el Decreto Ley Nº 484 de 1974. Decreto: Déjese sin efecto el Decreto Nº 1.501 de 1974, del Ministerio del Interior, que dispone la expulsión del Territorio Nacional de Rafael Alarcón Pinochet… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 233.

Decreto N° 233. El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue, teniendo presente que los Ciudadanos a que se refiere el presente Decreto, constituyen un peligro para la Seguridad Interior del Estado y en virtud de los antecedentes que obran en poder de este Ministerio… Decreto: La Dirección General de Investigaciones procederá a notificar a las personas que se indican a continuación que deberán abandonar el Territorio Nacional: 1.- Alejandro Francisco Jaque Araneda 2.- Jorge Morales González 3.- Mario Inzunza Becker… Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto N° 225. Dispone abandono del país a personas que indica.

Decreto N° 225 del 20 de febrero de 1975. Dispone abandono del país a personas que indica.(un total de 157) por constituir un peligro para la seguridad interior del Estado. Se consigna toma de razón por Contraloría General de la República el 14 de marzo de 1975. El documento digitalizado tiene cortes en la página que significa pérdida de datos (se pierden nombres del listado).

Untitled

Decreto N°222. deja sin efecto Decreto N°1.365 de 1975 del Ministerio del Interior.

Decreto N°222 del 15 de marzo de 1978. deja sin efecto Decreto N°1.365 de del 17 de noviembre de 1975 del Ministerio del Interior, que había dispuesto el abandono obligado del país de Julio Esteban Araya Vera. Se consigna toma de razón por la Contraloría General de la República con fecha 17 de marzo de 1978.

Untitled

Decreto N°181. Deja sin efecto decreto de Interior N° 2032 en la parte que indica.

Decreto N°181 del 18 de febrero de 1977. Deja sin efecto decreto de Interior N° 2032 del 4 de diciembre de 1974, donde se dispuso el abandono obligado del país, entre otras personas, a Claudio Mario Vargas Vargas. Se consigna Toma de Razón por la Contraloría General de la República el 3 de marzo de 1977.

Untitled

Decreto N° 149. Dispone abandono obligado del país a un grupo de ciudadanos chilenos.

Decreto N° 149 del 5 de febrero de 1975. Dispone abandono obligado del país a un grupo de ciudadanos chilenos por constituir un peligro para la seguridad interior del Estado: Miguel Antonio Albrecht Schwartz; Miguel Antonio Alvarez Crespo; Sergio Carlos Santiago Arroyo; Héctor Martínez Molina; Carlos Alberto Osorio Geertz; Jaime Riera Rehren; Héctor Emilio Salinas Alarcón; Efraín Volosky Yadlin; Nelly Patricia Barceló Amado; Patricia Jorquera Hernández; Ana María Arenas Romero; Blanca Flor Troncoso Díaz; Carmen Alejandra Holpzapfel Picarte; Víctor Romeo de la Fuente; Sergio Gustavo Castillo Ibarra y Miguel Angles Chateau.

Untitled

Decreto N°148. Dispone abandono obligado del país de 11 ciudadanos chilenos.

Decreto N°148 del 5 de febrero de 1975. Dispone abandono obligado del país de 11 ciudadanos chilenos por constituir un peligro para la seguridad interior del Estado: Oscar Carrasco Ruminot; Raúl Concha Monarde; Eugenio Da Vía Ferreira; Luis Irarrázanal Moya; Heriberto Krumm Ahumada; Jorge Peña delgado; Juan Riquelme Massardo; leoncio Saavedra Concha; Néstor Torres Ramírez; Jaime Velasco Herrera y Guillermo Gutiérrez Durán.

Untitled

Decreto N° 126. Expulsión del país de Pedro Cano Paciglia, Walter García Alcocer y Fátima Armida Mohor Schessane.

Decreto N° 126 del 2 de febrero de 1976. Expulsión del país de los ciudadanos argentinos Pedro Cano Paciglia, Walter García Alcocer y la chilena Fátima Armida Mohor Schessane por constituir un peligro para la seguridad interior del Estado. Se consigna Toma de Razón por Contraloría General de la República el día 4 de febrero de 1976.

Untitled

Decreto N°97. Deroga decreto del Ministerio del Interior N° 2.166 del 26 de noviembre de 1974 que dispone la expulsión del país de Ingrid Sylvia Heitmann de Luchsinger.

Decreto N°97 de fecha 27 de enero de 1975. Deroga decreto del Ministerio del Interior N° 2.166 del 26 de noviembre de 1974 que dispone la expulsión del país de Ingrid Sylvia Heitmann de Luchsinger, ya que se ha obtenido nuevos antecedentes que sugieren dejar sin efecto la medida en su contra.

Untitled

Decreto N°84. Deja sin efecto decreto que prohibe el ingreso a personas que indica y autoriza su ingreso al territorio nacional.

Decreto N°84 del 2 de febrero de 1978. Deja sin efecto decreto que prohibe el ingreso a Ana de los Angeles González González, Gabriela Bravo Jara, Ulda Ortiz Alvarado y autoriza su ingreso al territorio nacional. Su ingreso a Chile había sido prohibido por decretos N°s 1173 y 1175 del 23 de noviembre de 1977 del Ministerio del Interior por realizar actividades contrarias a los intereses de la nación.

Untitled

Decreto N°69. Dispone abandono obligado del país de Sidulfo Ador Iribarra Contreras.

Decreto N°69 del 20 de enero de 1976. Dispone abandono obligado del país de Sidulgo Ador Iribarra Contreras por constituir un peligro para la seguridad interior del Estado. Consigna toma de razón por la Contraloría General de la República con fecha 27 de enero de 1976.

Untitled

Decreto N°67. Expulsa del Pais a Manuel Jaña Marcoleta, ciudadano español.

Decreto N°67 del 20 de enero de 1975. Expulsa del Pais a Manuel Jaña Marcoleta, ciudadano español por constituir un peligro para la seguridad interior del Estado. Con fecha 14 de enero de 1975 la DINA solicita la expulsión del país . Se consigna toma de razón por Contraloría General de la República con fecha 24 de enero de 1975.

Untitled

Decreto N°65 . Prohibe el ingreso al país a Ernesto Gutiérrez Zegarra.

Decreto N°65 del 20 de enero de 1975. Prohibe el ingreso al país a Ernesto Gutiérrez Zegarra, quien ha sido sometido a proceso por la 2a Fiscalía Militar de Santiago y condenado a pena de 3 años de extrañamiento en la República de Argentina. Su ingreso al país constituye un peligro para la seguridad interior del Estado. Se consigna toma de razón de Contraloría de la República con fecha 24 de enero de 1975.

Untitled

Decreto N° 21. Dispone abandono obligado del país de personas que indica.

Decreto N° 21 del 9 de enero de 1975 que dispone abandono obligado del país de 14 ciudadanos chilenos por constituir un peligro para la seguridad interior del Estado: José Guillermo Cartes Rodriguez; Luis Alfonso Fuentealba Muñoz; Rubén Leonardo Goic East; Milton Williams Lee Guerrero; Luis Leonardo Linderman saavedra; Oscar Patricio Mateluna Peña; Elías Molina Requena; Mario Eduardo Moreta Carrasco; Héctor A. Pérez Araya; Vicente Poblete Zamorano; José Hugo Pueller Bravo; Manuel Avelino Ramos Avello ; Julio César Sanhueza Durán y Ramón Villalobos Ramírez. Se consigna toma de razón de Contraloría con fecha 14 de enero de 1975.

Untitled

Decreto N°20. Dispone abandono obligado del país de Jean Enrique Antonio Cassasus Gutiérrez.

Decreto N°20 del 9 de enero de 1975 que dispone abandono obligado del país de Jean Enrique Antonio Cassasus Gutiérrez, por constituir un peligro para la seguridad interior del Estado. Se consigna toma de razón por Contraloría General de la República con fecha 14 de enero de 1975.

Untitled

Decreto N°19. Expulsa del país a Clodomiro Almeyda Medina, Máximo Tacchi Moraga, Leopoldo Zuljevic Lovrin, Miguel Enrique Muñoz Schultz y Jorge Tapia Valdés.

Decreto N° 19. Con fecha 9 de enero de 1975 expulsa del país a Clodomiro Almeyda Medina, Máximo Tacchi Moraga, Leopoldo Zuljevic Lovrin, Miguel Enrique Muñoz Schultz y Jorge Tapia Valdés, de nacionalidad chilena, por profesar ideas de marcada tendencia marxista, lo que se ha demostrado en diversas actuaciones, ocasionando perjuicio a los intereses de la patria y constituyen un peligro para la seguridad interior del Estado. Se consigan toma de razón por la Contraloría General de la República con fecha 5 de enero de 1975.

Untitled

Decreto N°2. Prohíbe el ingreso al país a los ciudadanos chilenos Luis Didier Araneda Alfaro, Omar Ruz Aguilera y Miguel Angel Solar Silva.

Decreto N°2 del 2 de enero de 1975 que prohíbe el ingreso al país a los ciudadanos chilenos Luis Didier Araneda Alfaro, Omar Ruz Aguilera y Miguel Angel Solar Silva, por haber tenido actuaciones en el extranjero contrarias a los intereses de Chile. Se consigna toma de razón de Contraloría General de la República con fecha 5 de enero de 1975.

Untitled

Decreto Supremo Nº 324

Decreto Nº 324 Visto lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo Nº 2 transitorio del DL 1.878 de 1977, agregado por artículo único de Ley Nº 18.315 de 1984. Artículo único: Modifíquese el Decreto Supremo Nº 594 de 14 de junio de 1984, del Ministerio del Interior, en los siguientes términos: Agréguense, como lugares de detención, los inmuebles ubicados en los domicilios que se indican de las regiones y ciudades que se señalan a continuación: 1. Región Metropolitana, ciudad de Santiago. Calle José Domingo Cañas Nº 1367 2. III Región de Atacama, ciudad de Copiapó. Calle Román Nº 1290… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1186

Decreto Nº 1186 Hoy se decretó lo que sigue y considerando que por razones de interés nacional es conveniente prohibir el ingreso del extranjero que se indica y de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 2 del DL 1.094 de 1975, modificado por la ley 19.252 y el artículo Nº 28 inciso final del DS 1.306 de 1975, del ministerio del interior, que aprobó el reglamento de extranjería. Decreto: Prohíbase el ingreso al Territorio Nacional al extranjero Juan Ignacio Gutiérrez Fuentes de Nacionalidad Española. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 942

Decreto Supremo Nº 942 Visto : A) Que el Nº 3 del Artículo 40 de la Constitución Política de la República de Chile, prevé la Declaración del Estado de Emergencia, cuando exista peligro interno para la Seguridad Nacional. B) Lo establecido en la letra A Nº 1 de la disposición transitoria decimoquinta de la misma carta fundamental… Considerando: La necesidad que existe de prever la sustitución de un jefe de Zona en Estado de Sitio, cuando circunstancias de fuerza mayor impidan al titular desempeñar tal cargo, por enfermedad o ausencia de su área jurisdiccional. Decreto Declárese zonas de Estado de Emergencia a partir del 20 de septiembre de 1984, las Regiones, Provincias y Comunas del País que se indican por un lapso de 90 días y desígnese jefe titular y suplente de ellas a los siguientes Oficiales de las Fuerzas Armadas, con las facultades determinadas en los artículos 33 y 34 de la Ley 12.927. I Región Titular: Brigadier General Jorge Alejandro Dowling Santa María (Rut: 2. 610.420-3) Suplente: Brigadier General Cesar Manríquez Bravo (Rut: 2.151.873-5) II Región Titular: Brigadier General Alfredo Orlando Calderón Campusano (Rut: 2.790.492-0) Suplente: Brigadier General Carlos Guillermo Meirelles Muller (Rut: 3.259.933-8) Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante. Ministro de Defensa Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1529

Decreto Supremo Nº 1529 Hoy se decretó lo que sigue, visto las facultades que se me confieren el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1200 del Ministerio del Interior con fecha 6 de noviembre de 1984. Decreto: Artículo 1º: Dispone el arresto de las personas que a continuación se indican: - Guillermo del Carmen Hidalgo Adasme - José Ricardo Ordenes Navarro - Carlos Enrique Ramírez Flores - Freddy Alberto Torres González - Luis Alberto Guzmán Castro Artículo 2º: La medida se llevará a efecto en el Campamento Militar Ubicado en el sector norte de la localidad de Pisagua, comuna de Huara, Provincia de Iquique… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1552

Decreto Nº 1552 Visto lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo Nº 2 transitorio del DL 1.878 de 1977, agregado por artículo único de Ley Nº 18.315 de 1984. Decreto: Artículo único: Modifíquese el Decreto Supremo Nº 594 de 14 de junio de 1984, del Ministerio del Interior, en el sentido que se reemplaza la dependencia de la Central Nacional de Informaciones de la Ciudad de Viña del Mar por la Calle Álvarez Nº 132, de la misma ciudad… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1575

Decreto Supremo Nº 1575 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1200 con fecha 6 de noviembre de 1984, del Ministerio del Interior y lo dispuesto en el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República. Decreto: Artículo 1º: Suspéndase a contar de esta fecha la exhibición de la Obra de Teatral “La Mekka “del Autor Enrique Lihn. Artículo 2º: Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en este Decreto. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1574

Decreto Nº 1574 Hoy se decretó lo que sigue, visto las facultades que se me confieren el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1200 del Ministerio del Interior con fecha 6 de noviembre de 1984. Decreto: Artículo 1º Agréguese al Artículo Nº 2 del Decreto Supremo de Interior Nº 1216 del 7 de noviembre de 1984, el siguiente nuevo inciso: “Sin perjuicio de lo anterior, las obras teatrales, entendiéndose por tales además de las representaciones, ya sea colectivas o individuales, que se celebren en café, restaurantes, etc. Deberán contar previo a su exhibición al público con la autorización del Intendente Regional, para lo cual se deberá proporcionar a la autoridad, con la debida antelación, el texto o libreto correspondiente” Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1293

Decreto Supremo Nº 1293 Hoy se decretó lo que sigue, visto las facultades que se me confieren el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1200 del Ministerio del Interior con fecha 6 de noviembre de 1984. Decreto: Artículo 1º: Dispone el arresto de las personas que a continuación se indican: 1. Juan Carlos Sánchez Catalán 2. Ricardo M. Riquelme Martínez 3. Sergio Ureta Valenzuela 4. Roberto Andrés Abarca 5. Hernán Enrique Prieto Silva 6. Juan Carlos Acuña Cerda 7. Raúl Del Carmen Núñez Soto 8. Manuel Aníbal Acuña Galáz 9. Jaime A. Albornoz Astudillo 10. Oscar Ernesto Barrera Pogge… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1485

Decreto Supremo Nº 1485 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1200 con fecha 6 de noviembre de 1984, del Ministerio del Interior y lo dispuesto en el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República. Decreto: Artículo 1º: Suspéndase a contar de esta fecha la edición en fascículos de la denominada revista denominada “Mi primer diccionario”. Artículo 2º: Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en este Decreto. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1485

Decreto Supremo Nº 1485 Visto : A) Que el Nº 3 del Artículo 40 de la Constitución Política de la República de Chile, prevé la Declaración del Estado de Emergencia, cuando exista peligro interno para la Seguridad Nacional. B) Lo establecido en el Nº 5 del artículo 40 y en la letra A Nº 1 de la disposición transitoria decimoquinta de la misma carta fundamental… Considerando: La necesidad que existe de prever la sustitución de un jefe de Zona en Estado de Sitio, cuando circunstancias de fuerza mayor impidan al titular desempeñar tal cargo, por enfermedad o ausencia de su área jurisdiccional. Decreto Declárese zonas de Estado de Emergencia a partir del 22 de junio de 1984, las Regiones, Provincias y Comunas del País que se indican por un lapso de 90 días y desígnese jefe titular y suplente de ellas a los siguientes Oficiales de las Fuerzas Armadas, con las facultades determinadas en los artículos 33 y 34 de la Ley 12.927. I Región Titular: Brigadier General Jorge Alejandro Dowling Santa María (Rut: 2. 610.420-3) Suplente: Brigadier General Cesar Manríquez Bravo (Rut: 2.151.873-5) II Región Titular: Brigadier General Alfredo Orlando Calderón Campusano (Rut: 2.790.492-0) Suplente: Brigadier General Carlos Guillermo Meirelles Muller (Rut: 3.259.933-8)... Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante. Ministro de Defensa Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1292

Decreto Supremo Nº 1292 Hoy se decretó lo que sigue, visto las facultades que se me confieren el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1200 del Ministerio del Interior con fecha 6 de noviembre de 1984. Decreto: Artículo 1º: Dispone el arresto de las personas que a continuación se indican: 1. Juan Carlos Palacios Riquelme 2. Jesús Guillermo Robledo León 3. Patricio Gabriel Sánchez Núñez 4. Felipe Sandoval Loncon 5. Sergio Enrique Sepúlveda Cares 6. Roberto Eugenio Tognarelli Barragán 7. Jorge Reinaldo Yáñez Tirado 8. Ricardo Enrique Zenteno Valenzuela 9. Manuel Jesús Zúñiga Urzua 10. Juan Alberto Alvarado Garcés Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1291

Decreto Supremo Nº 1291 Hoy se decretó lo que sigue, visto las facultades que se me confieren el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1200 del Ministerio del Interior con fecha 6 de noviembre de 1984. Decreto: Artículo 1º: Dispone el arresto de las personas que a continuación se indican: 1. Mario Saavedra Devia 2. Nibaldo Jesús Rubio Espinoza 3. René Patricio Zúñiga Collado 4. Jorge Enrique Poblete Vergara 5. Regalado de Jesús Ávila Bustamante 6. Milton Edgardo Carvallo Flores 7. Juan Ramón Aránguiz Maldonado 8. Oscar Hernán Collado Rivera 9. Héctor Enrique Nauto Aravena 10. Oscar René Hernández García… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1217

Decreto Supremo Nº 1217 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1200 con fecha 6 de noviembre, del Ministerio del Interior y lo dispuesto en el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República. Decreto: Artículo 1º: Suspéndase a contar de está fecha la edición de las siguientes revistas: Cauce, Análisis, Apsi, Fortín Mapocho, La Bicicleta, y Pluma y pincel. Artículo 2º Durante la vigencia del Estado de Sitio, los diarios, revistas, periódicos y publicaciones en general de radioemisoras y estaciones de televisión del país, se abstendrán de difundir informaciones, entrevistas, comentarios, declaraciones ,inserciones, reportajes, fotografías e imágenes y de toda forma de expresión. Cualquiera sea su origen, que se refieran a hechos que directa o indirectamente pudieran causar alarma en la población, alterar la tranquilidad ciudadana, el normal desarrollo de las actividades Nacionales o versen sobre actos definidos como Terroristas en la Ley Nº 18.314… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1200

Decreto Supremo Nº 1200 Hoy se decretó lo que sigue, visto lo dispuesto en el artículo 40 Nº 2 y disposición 15 transitoria letra B, Nº 4 de la Constitución Política de la República y el acuerdo de la junta de Gobierno adoptado al respecto y considerando la situación de conmoción interior existente. Decreto: Artículo Único se declara a contar de la fecha de la publicación del presente Decreto en el diario oficial, todo el Territorio Nacional en Estado de Sitio, hasta el 4 de febrero de 1984. Anótese, tómese razón , regístrese, publíquese en el Diario Oficial y en los boletines oficiales de Ejército , Armada, Fuerza Aérea , Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1199

Decreto Nº 1199 Visto lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo Nº 2 transitorio del DL 1.878 de 1977, agregado por artículo único de Ley Nº 18.315 de 1984 Decreto: Artículo único: Modifíquese el Decreto Supremo Nº 603 de 15 de junio de 1984, del Ministerio del Interior, en el sentido que se reemplaza la dependencia de la Central Nacional de Informaciones en la Ciudad de Concepción, por la de la Avda. Bernardo O’Higgins N° 239 Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1166

Decreto Supremo Nº 1166 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1216 14-09-1981 Coneales Navarro Ana D.S Nº 1219 14-09-1981 Cerda Herrera José Israel D.S Nº 1220 14-09-1981 Cerda Albarracín Víctor Franklin D.S Nº 1221 14-09-1981 Casado Soto Alan Harry… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1216

Decreto Supremo Nº 1216 Hoy se decretó lo que sigue, visto las facultades que me confieren el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1200 del Ministerio del Interior con fecha 6 de noviembre de 1984. Decreto: Artículo 1º: Las reuniones que en ejercicio del Derecho garantiza el Nº 13 del artículo 19 de la Constitución Política de la República de Chile, se realicen en cualquier lugar, durante la vigencia del Estado de Sitio a que se refieren las disposiciones citadas, deberán ser previamente autorizadas por el respectivo Intendente Regional, en conformidad y con las excepciones que se contienen en los artículos siguientes. Artículo 2º: La autorización a que se refiere el artículo anterior no se requerirá para la celebración de funciones, representaciones, exhibiciones y demás espectáculos que se realicen en locales públicos ordinariamente destinados a ese fin… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 980

Decreto Supremo Nº 980 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1211 14-09-1981 Campusano José Agustín D.S Nº 1225 14-09-1981 Caballero Urzua Lorenzo D.S Nº 1244 14-09-1981 Alvarado Gonzalez Eliana D.S Nº 1245 14-09-1981 Alvarado Vigar Rafael Máximo… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 1009

Decreto Nº 1009 Visto lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo Nº 2 transitorio del DL 1.878 de 1977, agregado por artículo único de Ley Nº 18.315 de 1984 Decreto: Artículo único: Modifíquese el Decreto Supremo Nº 603 de 15 de junio de 1984, del Ministerio del Interior, en el sentido que se reemplaza la dependencia de la Central Nacional de Informaciones en la Ciudad de Concepción, por la de la Avda. Bernardo O’Higgins N° 239 Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 812

Decreto Supremo Nº 958 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1216 14-09-1981 Condori Salazar Elvira V. D.S Nº 1233 14-09-1981 Athenas Labra Iris D.S Nº 1236 14-09-1981 Aravena Mardones Luis Ignacio D.S Nº 1246 14-09-1981 Andrade Chahuel Ricardo Patricio Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 901

Decreto Nº 901 Teniendo presente: que subsisten las consideraciones que motivaron la dictación del Decreto Supremo N° 263 del Ministerio del interior de 1984. Vistos lo preceptuado en la disposición vigesimocuarta transitoria de la Constitución Política de la República de Chile y en los Decretos Supremos Nº 359, 1159 de 1981, Nº 198, 1161 de 1982, Nº 301, 1043 ambos de 1983 y N° 263 de 1984. Todos ellos del Ministerio del Interior. Decreto. Artículo único, renuévese a contar del 11 de septiembre de 1984 el estado de perturbación de la paz interior, declarado por Decreto Supremo Nº 263, del Ministerio del Interior. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 747

Decreto Nº 747 Visto lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo Nº 2 transitorio del DL 1.878 de 1977, agregado por artículo único de Ley Nº 18.315 de 1984 y el Decreto Supremo N° 594 con fecha 14 de junio de 1984, del Ministerio del Interior. Decreto: Artículo único: Modifíquese el Decreto Supremo Nº 594 de 14 de junio de 1984, del Ministerio del Interior, que señaló como lugares de detención, la dependencia de la Central Nacional de Informaciones en el sentido de reemplazar en la VII Región del Maule, Ciudad de Talca, la dependencia de Avda. 2 sur Nº 1403, por la de la calle 4 oriente N° 1470 y de incluir en la IX Región de la Araucanía, la dependencia de Miraflores N° 724.. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 812

Decreto Supremo Nº 812 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto el Decreto Supremo que se menciona y autoriza el reingreso a territorio Nacional a la persona que señala a continuación. D.S Nº 822 13-07-1983 Horta Tricallotis Constantino Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 599

Decreto Supremo Nº 599 Visto : A) Que el Nº 3 del Artículo 40 de la Constitución Política de la República de Chile, prevé la Declaración del Estado de Emergencia, cuando exista peligro interno para la Seguridad Nacional. B) Lo establecido en la letra A Nº 1 de la disposición transitoria decimoquinta de la misma carta fundamental… Decreto Declárese zonas de Estado de Emergencia a partir del 22 de junio de 1984, las Regiones, Provincias y Comunas del País que se indican por un lapso de 90 días y desígnese jefe de ellas a los siguientes Oficiales de las Fuerzas Armadas, con las facultades determinadas en los artículos 33 y 34 de la Ley 12.927. I Región Brigadier General Jorge Alejandro Dowling Santa María (Rut: 2. 610.420-3) II Región Brigadier General Alfredo Orlando Calderón Campusano (Rut: 2.790.492-0) Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante. Ministro de Defensa Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 594

Decreto Supremo Nº 594 Visto: Lo dispuesto en el articulo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo 2 transitorio del DL Nº 1.878 de 1977, agregando por artículo único del la Ley Nº 18.315 de 1984. Decreto Artículo único: Las siguientes dependencias de la Central Nacional de Informaciones serán consideras como lugares de detención, para los efectos del cumplimiento de los arrestos que se dispongan en virtud de la disposición vigésimo cuarta transitoria de la Constitución Política de Chile Región Metropolitana Santiago: Av. Santa María Nº 1453 I Región Tarapacá Arica: Casa habitación ubicada en parcela 35 San Miguel de Azapa. Iquique: Esmeralda Nº 85 II Región Antofagasta Antofagasta: Latorre Nº 2192 IV Región La Serena: Colo Colo Nº 2001... Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 603

Decreto Nº 603 Visto lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo Nº 2 transitorio del DL 1.878 de 1977, agregado por artículo único de Ley Nº 18.315 de 1984. Decreto: Artículo único: Rectifíquese el Decreto Supremo Nº 594 de 14 de junio de 1984, del Ministerio del Interior, en el sentido que la dependencia de la Central Nacional de Informaciones en la Ciudad de Concepción Nº 701 y no como se indica en el sentido Decreto. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 712

Decreto Supremo Nº 712 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1227 14-09-1981 Bunster Briceño Manuel Cesar D.S Nº 1229 14-09-1981 Bravo Bravo Juan Claudio D.S Nº 1249 14-09-1981 Arraño Oyarzun Luis Alberto D.S Nº 1305 15-09-1981 Mason Padilla Patricio Ricardo… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 564

Decreto Supremo Nº 564 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1264 14-09-1981 Dinamarca Fontana Isabel Elena D.S Nº 1294 15-09-1981 Ovando Palet Blanca Inés D.S Nº 1320 15-09-1981 Hidalgo Navea Kranelin D.S Nº 1359 16-09-1981 González Erices Enriqueta del Carmen… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto Supremo Nº 565

Decreto Supremo Nº 565 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1218 14-09-1981 Cofré Box Mario Rubén D.S Nº 1226 14-09-1981 Caballero Calderón Roxane del Carmen D.S Nº 1247 14-09-1981 Arévalo Ibacache Alicia Gumercinda D.S Nº 1279 14-09-1981 Contreras Sierra Hugo Rafael Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Supremo Nº 391

Decreto Nº 391 Hoy se decretó lo que sigue: vistos las facultades que se me confieren en el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en Decreto Supremo Nº 138 , de Interior con fecha 31 de enero de 1985. Decreto: Articulo 1, Dispónese el arresto de las personas que indica: - Valenzuela García Elías Antonio - Cañas López Francisco Eduardo - Garcés Parada Guillermo Edgardo - Vergara Loyola Pablo Esteban - Pérez Cuevas Rafael Enrique - Cuevas Cueto Carlos Eugenio Articulo Nº 2: La medida se llevará a efecto en el Campamento Militar, ubicado adyacente a la estación de Ferrocarriles, en la localidad de Conchi comuna de Calama. Provincia de El Loa… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Ricardo García Rodríguez, Ministro del Interior Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto Supremo Nº 370

Decreto Nº 370 Hoy se decretó lo que sigue: vistos las facultades que se me confieren en el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en Decreto Supremo Nº 138 , de Interior con fecha 31 de enero de 1985. Decreto: Articulo 1, Dispónese el arresto de las personas que indica: - Castillo Morales Rubén Antonio - Muñoz Urbina Luis Eugenio Articulo Nº 2: La medida se llevará a efecto en el Campamento Militar, ubicado adyacente a la estación de Ferrocarriles, en la localidad de Conchi comuna de Calama. Provincia de El Loa… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Ricardo García Rodríguez, Ministro del Interior Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto Supremo Nº 347

Decreto Nº 347 Hoy se decretó lo que sigue: vistos las facultades que se me confieren en el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en Decreto Supremo Nº 138 , de Interior con fecha 31 de enero de 1985. Decreto: Articulo 1, Dispónese el arresto de las personas que indica: - Roa Segura Rodrigo Arturo - Morales Morrison Kenneth Orlando Articulo Nº 2: La medida se llevará a efecto en el Campamento Militar, ubicado adyacente a la estación de Ferrocarriles, en la localidad de Conchi comuna de Calama. Provincia de El Loa… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante. Ministro del Interior Subrogante Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior

Untitled

Decreto Supremo Nº 320

Decreto Supremo Nº 320 Visto lo dispuesto en el articulo 41 Nº 4 de la Constitución Política de la República de Chile y el Decreto Supremo Nº 310 de 21 de marzo de 1984, del Ministerio del Interior. Decreto: Artículo 1: Durante el Estado a que se refiere el Decreto Nº 310 de 21 de marzo de 1984 Del Ministerio del Interior, los diarios, revistas, periódicos, publicaciones, las radiodifusoras, estaciones de televisión en general cualquier medio de comunicación se abstendrán de destacar o resaltar en sus informaciones y opiniones en las materias hechos o conductas que induzcan, propicien o favorezcan cualquier forma de alteración de orden público. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alfonso Márquez de la Plata, Ministro Secretario General de Gobierno. Luis Simón Figueroa del Rio, Subsecretario del Interior.

Untitled

Decreto Nº 289

Decreto Supremo Nº 289 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1214 14-09-1981 Castro Méndez Purísima del Rosario D.S Nº 1418 14-09-1981 Cofré Garcés María Rosario D.S Nº 1227 14-09-1981 Briceño Briceño Blanca de las Nieves D.S Nº 1235 14-09-1981 Arévalo Villareal Jacinto Humberto Hugo Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Luis Simón Figueroa del Rio, Subsecretario del Interior.

Untitled

Results 1101 to 1200 of 1243