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Pinochet Ugarte, Augusto José Ramón. General de Ejército. Presidente de la República
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Decreto Exento N°92

Decreto Exento N°92. Prohíbe el ingreso de ciudadanos chilenos que indica. Son un total de 126 personas, residentes en el extranjero que constituyen un peligro para el Estado.

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Decreto Nº 1686

Decreto Nº 1686 Visto lo dispuesto en el articulo 41 Nº 4 de la Constitución Política de la República de Chile y el Decreto Supremo Nº 1530 de 17 de Noviembre de 1982, del Ministerio del Interior. Decreto: Artículo Único: Establece que las radioemisoras “La Frontera” de Temuco y “Araucana F.M “de la misma ciudad, de propiedad de la sociedad comercial de radiodifusión y publicidad “Araucaria Ltda” con domicilio en Luis Claro Solar Nº 536 de Temuco, deberán restringir a contar de esta fecha su programación, en el sentido de transmitir solamente espacios musicales y publicidad comercial, debiendo abstenerse de transmitir espacios noticiosos o informativos, comentarios y entrevistas. Salvo los comunicados oficiales de Gobierno, así como los espacios noticiosos de carácter deportivo y cultural Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior.

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Decreto Ley Nº 3465

Decreto Ley Nº 3465. Documento que convoca al Plebiscito dispuesto en el artículo final del Decreto Ley Nº 3464 de 1980 y señala las normas a las cuales se sujetará. Augusto Pinochet Ugarte. General de Ejército, Presidente de la República José Merino Castro. Almirante, Comandante en Jefe de la Armada Cesar Mendoza Durán General Director de Carabineros Fernando Matthei Aubel. General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea

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Acta N°24.

…siendo las 11 horas, se reunió la Junta en Sesión Secreta para tratar los siguientes temas: 1. Se recibe a la Directiva Nacional de la cruz Roja (…) expresan su adhesión a la Junta e informan de los planes previstos de apoyo material y humano a las acción del Gobierno. 6. El Almirante Merino informa que aún quedarían en los Bancos Central y del Trabajo una serie de comunistas y otros activistas que están causando problemas a la acción del Gobierno. 9. Se acuerda instruir al Ministerio de Relaciones Exteriores para que estudie la situación del Embajador de Suecia, quien, en más de una ocasión, ha creado problemas conflictivos con las Autoridades. 12. Se acuerda reactualizar el Bando que ofrece recompensas a quien entregue antecedentes sobre activistas buscados. Se instruye al señor Ministro del Interior al respecto…

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Informa Nº 580 Excma Corte

  • CL MMDH 00000134-000016-000001
  • item
  • 2005-09-26
  • Part of Hertz Carmen

Documento del Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Sr. Sergio Muñoz Gajardo, ha enviado a vuestra excelencia el oficio Nº 327 con fecha 22 de septiembre 2005, mediante el cual se solícita que de curso a un exhorto internacional dirigido a la autoridad judicial competente en Suiza, para obtener de todas las entidades bancarias y financieras de ese país, en especial los movimientos de cuentas corrientes e inversiones, en lo que se respecta a los documentos de apertura, depósitos, ingresos , transferencias, giros de Augusto José Pinochet Ugarte y sus distintas combinaciones, además de sus nombres supuestos como Daniel López y John Long…

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Decreto Supremo Nº 69

Decreto Supremo Nº 69 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile. Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1211 14-09-1981 Cancino Berrios Freddy Raúl. D.S Nº 1214 14-09-1981 Castro Imelstein Marisol Dora D.S Nº 1218 14-09-1981 Coloma Andrew Jorge Alberto D.S Nº 1229 14-09-1981 Bosch Passalaqua Pedro Ricardo… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior.

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Decreto Nº 624

Decreto Nº 624 Déjese constancia y dese cumplimiento al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno por sus miembros titulares Sres. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército y Presidente de la República; José Merino Castro, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada y Cesar Mendoza Duran, General Director de Carabineros de Chile, que es el tenor de lo siguiente: Declárese, en merito de consideraciones consignadas en Acta de acuerdo reservado y en ejercicio de las facultades previstas en el artículo 19 del Decreto Ley Nº 527 de 1974, que el General del Aire y Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea Sr. Gustavo Leigh Guzmán, se encuentra absolutamente imposibilitado para continuar ejerciendo…. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército.

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Acta N°36

… se reunió la Junta en Sesión Secreta para tratar los siguientes temas: 1. Se analiza la inconveniencia de continuar con los allanamientos indiscriminados por las consecuencias que ellos puede tener en el prestigio de la Junta (…) 2. Se discute nuevamente la necesidad de activar al máximo la reorganización del Ministerio de RR.EE. …

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Decreto Exento N°86

Decreto Exento N°86. Prohíbe ingreso al país de ciudadanos chilenos que indica. Son un total de 156 personas residentes en el extranjero y que constituyen un peligro para el Estado.

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A seis de la liberación nacional

Mensaje al país de Augusto Pinochet Ugarte, pronunciado el 11 de marzo 1974, al cumplirse seis meses de instalación en el poder. Impreso en la Empresa Editora Nacional Gabriela Mistral.

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Decreto Nº 1272

Decreto Nº 1272 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.083 con fecha 20 de agosto de 1982 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Patricio Aquiles Barrueto Céspedes Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada Aérea

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Decreto Ley Nº 3464

Decreto Ley Nº 3464. Documento que aprueba nueva constitución Política y la somete a ratificación por Plebiscito. Augusto Pinochet Ugarte. General de Ejército, Presidente de la República José Merino Castro. Almirante, Comandante en Jefe de la Armada Cesar Mendoza Durán General Director de Carabineros Fernando Matthei Aubel. General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea

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Reglamenta solicitud de conmutaciones de penas impuestas…

Folleto D.S.504 del Ministerio de Justicia, Comisión de Indultos. Texto: Reglamenta solicitud de conmutaciones de penas impuestas por tribunales militares. Ministerio de Justicia.- Santiago, 30 de abril de 1975.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 504.- Vistos: lo dispuesto en los Decretos Leyes N°s 1, de 1973; 527, en su artículo 10 y 788, ambos de 1974, y teniendo presente la conveniencia de dictar normativas para la debida coordinación y unidad en la tramitación de las solicitudes de personas que, condenadas por Tribunales Militares, acogiéndose a las prerrogativas de que está investido el Presidente de la República, pidan abandonar el país...

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Decreto Supremo Nº 70

Decreto Supremo Nº 70 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1416 16-09-1981 Arroyo Hernández Marilú Elsie D.S Nº 1429 16-09-1981 Díaz Pérez Ana del Carmen D.S Nº 1440 16-09-1981 Sepúlveda Toro Aníbal Angel D.S Nº 1452 16-09-1981 Smith Pérez María Angélica Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior.

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Decreto Ley Nº 3464

Decreto Ley Nº 2881 Documento que fija las plantas y dicta normas sobre personal de la Central de Informaciones Augusto Pinochet Ugarte. General de Ejército, Presidente de la República José Merino Castro. Almirante, Comandante en Jefe de la Armada Cesar Mendoza Durán General Director de Carabineros Fernando Matthei Aubel. General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea

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Decreto Exento N°78

Decreto Exento N°78. Prohíbe ingreso al país de ciudadanos chilenos que indica. Son un total de 152 personas residentes en el extranjero que constituyen un peligro para el Estado.

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Decreto Supremo Nº 70

Decreto Nº 173 Hoy se decretó lo que sigue: vistos las facultades que se me confieren en el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en Decreto Supremo Nº 138 , de Interior con fecha 31 de enero de 1985. Decreto: Articulo 1, Dispónese el arresto de las personas que a continuación indica: - Antonio Deij Escribano - Abraham Rivas Salazar - Hugo Tapia Valdivieso - Lino Lara Valenzuela… Articulo Nº 2: La medida se llevará a efecto en el Campamento Militar, ubicado adyacente a la estación de Ferrocarriles, en la localidad de Conchi comuna de Calama. Provincia de El Loa… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera. Subsecretario del Interior

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Decreto Nº 1417

Decreto Nº 1417 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.083 con fecha 20 de agosto de 1982 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Jorge Morales González Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada Aérea Ramón Suarez González. Subsecretario del Interior

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Acta N°94

Se reunió la Junta en sesión Secreta para tratar las siguientes materias: 1. Se recibió en Audiencia al Sr. Ministro de Defensa y a los Jefes de Inteligencia de las Instituciones y de la DINA. Los jefes de Inteligencia dieron a conocer a la Junta los contactos que habían tenido con la Comisión Investigadora del Consejo de Defensa del Estado y los documentos que habían proporcionado. Además, expresaron que había gran cantidad de documentación incautada, que por falta de personal, aún no ha sido procesada…

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Decreto Supremo Nº 189

Decreto Nº 189 Hoy se decretó lo que sigue: vistos las facultades que se me confieren en el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en Decreto Supremo Nº 138 , de Interior con fecha 31 de enero de 1985. Decreto: Articulo 1, Dispónese el arresto de la persona que indica: - Rovira Soto Gonzalo Articulo Nº 2: La medida se llevará a efecto en el Campamento Militar, ubicado adyacente a la estación de Ferrocarriles, en la localidad de Conchi comuna de Calama. Provincia de El Loa… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera. Subsecretario del Interior

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Acta N°126-a

… se reúne la Junta de Gobierno en Sesión Secreta para tratar las siguientes materias: (…) 2. Se recibe en audiencia al señor Ministro de Defensa, quien expone: a) Problema de los asilados. El señor Almirante Huerta le informó que había recibido instrucciones de la Junta en el sentido de tomar a su cargo el problema de otorgar los salvoconductos (…) El señor General Leigh estima que no se puede seguir dilatando la salida de los asilados. A todo el que pueda dársele salvoconducto, se le debe dar, a fin de dejar limpias las Embajadas cuanto antes, excepto la de México, que necesita un tratamiento diferente. Hace presente que la situación de Chile, internacionalmente, es grave bajo dos puntos de vista: por los asilados en las Embajadas y por los derechos humanos (…) Detenidos de Dawson. Deben trasladarse a Ritoque no después del 15 de junio (…) El señor General Leigh hace presente que la Junta ha delegado en los Comandantes Operativos el poder castigar hasta la pena de muerte (…) periódicamente recibe los informes de la Cruz Roja relativos a las visitas que han efectuado a los detenidos. Dice que, en general, se informa que han disminuido mucho las observaciones que hacía respecto de torturas (…) Manifiesta que la queja más grande que presenta la Cruz Roja es la relativa a las condiciones de hacinamiento que existen en la cárceles (…) Cantidad de procesados y detenidos

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Decreto Nº 1417

Decreto Nº 1805 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.530 con fecha 17 de noviembre de 1982 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Pedro Alejandro Rodríguez Muñoz Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada Aérea Ramón Suarez González. Subsecretario del Interior

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Decreto Nº 03

Decreto Nº 03 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Luis Eduardo Baptista - Jorge Guillermo Chávez Vega Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior. Ramón Suarez González. Subsecretario del Interior

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Decreto Nº 263

Decreto Nº 263 Hoy se decretó lo que sigue y teniendo presente que subsisten las consideraciones que motivaron la dictación del Decreto Supremo Nº 1.043 del Ministerio del Interior de 1983 Vistos lo preceptuado en la disposición vigesimocuarta transitoria de la Constitución Política de la República de Chile y en los Decretos Supremos Nº 359, 1159 de 1981, Nº 198, 1161 de 1982 y Nº 301, 1043 ambos de 1983. Todos ellos del Ministerio del Interior. Decreto. Artículo único, renuévese a contar del 11 de marzo de 1984 el estado de perturbación de la paz interior, declarado por Decreto Supremo Nº 1043, del Ministerio del Interior. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Luis Simón Figueroa del Rio, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 08

Decreto Nº 08 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Juan Alejandro Godoy Villar. Uruguayo Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Acta N° 25

Entre otros temas se expresa lo siguiente: El Sr. Ministro de Educación informa sobre su cartera: Actividad del delegado Militar en el Colegio Saint George ante denuncia de apoderados sobre intervención marxista. Se trata el tema de la posible realización de los Juegos Panamericanos para el año 1975. Por otra parte el Sr. Ministro de Relaciones Exteriores da conocer los nombres de los embajadores designados para los siguientes países: Colombia, Perú, Argentina, Venezuela, Ecuador, Alemania Federal, Rumania, Portugal y O.N.U.

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Decreto Nº 289

Decreto Supremo Nº 289 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1214 14-09-1981 Castro Méndez Purísima del Rosario D.S Nº 1418 14-09-1981 Cofré Garcés María Rosario D.S Nº 1227 14-09-1981 Briceño Briceño Blanca de las Nieves D.S Nº 1235 14-09-1981 Arévalo Villareal Jacinto Humberto Hugo Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Luis Simón Figueroa del Rio, Subsecretario del Interior.

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Acta N°28

Ministro de Relaciones Exteriores informa sobre la reestructuración de su cartera: la actitud diplomática por adoptar hacia el exterior en el futuro, se acuerda adoptar una política más ofensiva, se discute la situación de FLACSO, CEPAL y Amnistía Internacional. También se señalan cambios de embajadores en Perú, México, Canadá, Ciudad del Vaticano y Japón. Otro punto de la tabla señala, situación conflictiva con los embajadores de Suecia y España en Chile. Paralelamente comentan sobre la política automotriz y con el Ministro de Agricultura lo relativo a entrega de títulos de dominio, finalmente se toca el tema del Comité Planificador de Publicidad.

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Decreto Nº 11

Decreto Nº 11 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Federico Schopf Ebensperger Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Decreto Supremo Nº 310

Decreto Supremo Nº 310 Visto : A) Que el Nº 3 del Artículo 40 de la Constitución Política de la República de Chile, prevé la Declaración del Estado de Emergencia, cuando exista peligro interno para la Seguridad Nacional. B) Lo establecido en la letra A Nº 1 de la disposición transitoria decimoquinta de la misma carta fundamental… Decreto Declárese zonas de Estado de Emergencia a partir del 24 de marzo de 1984, las Regiones, Provincias y Comunas del País que se indican por un lapso de 90 días y desígnese jefe de ellas a los siguientes Oficiales de las Fuerzas Armadas, con las facultades determinadas en los artículos 33 y 34 de la Ley 12.927. I Región Brigadier General Jorge Alejandro Dowling Santa María (Rut: 2. 610.420-3) II Región Brigadier General Alfredo Orlando Calderón Campusano (Rut: 2.790.492-0) Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante. Ministro de Defensa Luis Simón Figueroa del Rio, Subsecretario del Interior.

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Decreto Supremo Nº 320

Decreto Supremo Nº 320 Visto lo dispuesto en el articulo 41 Nº 4 de la Constitución Política de la República de Chile y el Decreto Supremo Nº 310 de 21 de marzo de 1984, del Ministerio del Interior. Decreto: Artículo 1: Durante el Estado a que se refiere el Decreto Nº 310 de 21 de marzo de 1984 Del Ministerio del Interior, los diarios, revistas, periódicos, publicaciones, las radiodifusoras, estaciones de televisión en general cualquier medio de comunicación se abstendrán de destacar o resaltar en sus informaciones y opiniones en las materias hechos o conductas que induzcan, propicien o favorezcan cualquier forma de alteración de orden público. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alfonso Márquez de la Plata, Ministro Secretario General de Gobierno. Luis Simón Figueroa del Rio, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 12

Decreto Nº 12 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Raúl Armando Saavedra Somoza Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Acta N° 29

Se recibe a tres ex parlamentarios quienes en su visita a Europa han recogido las impresiones en relación a los últimos acontecimientos ocurridos en el país. "A su juicio Roma es el centro de la propaganda mundial en contra de Chile y donde se estarían reuniendo los ex embajadores que no regresarían al país." Paralelamente se acuerda un nuevo embajador de Chile en Londres y se establece impartir instrucciones precisas al Ministerio de Economía y CODELCO por el problema de entrega de cobre a Italia.

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Decreto N°1053. Conmuta Penas.

Decreto Nº1053. Conmuta penas de presidio perpetuo por 20 años de extrañamiento a los reos Ricardo Enrique Torres Morales, recluído en la Penitenciería de Santiago Causa rol N°2-74 y a Leda Santibáñez Azócar, recluída en la Casa Correccional de Mujeres de Santiago. Causa rol N°1455-73

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Acta N°38

Se analiza situación por baja de tarifas dispuestas por el Interventor de la Movilización Colectiva en Valparaíso sin consultar al Ministro de Obras Públicas. Se acuerda que el Ministro del Trabajo asista a la reunión con los dirigentes Sindicales. Se toma conocimiento del paro laboral de 190 obreros en las obras del Metro, que fuera instigado por 15 funcionarios los que se encuentran detenidos en investigaciones.

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Decreto Supremo Nº 347

Decreto Nº 347 Hoy se decretó lo que sigue: vistos las facultades que se me confieren en el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en Decreto Supremo Nº 138 , de Interior con fecha 31 de enero de 1985. Decreto: Articulo 1, Dispónese el arresto de las personas que indica: - Roa Segura Rodrigo Arturo - Morales Morrison Kenneth Orlando Articulo Nº 2: La medida se llevará a efecto en el Campamento Militar, ubicado adyacente a la estación de Ferrocarriles, en la localidad de Conchi comuna de Calama. Provincia de El Loa… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante. Ministro del Interior Subrogante Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior

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Decreto Nº 13

Decreto Nº 13 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - José Domingo Villablanca Saavedra Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Decreto Supremo Nº 370

Decreto Nº 370 Hoy se decretó lo que sigue: vistos las facultades que se me confieren en el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en Decreto Supremo Nº 138 , de Interior con fecha 31 de enero de 1985. Decreto: Articulo 1, Dispónese el arresto de las personas que indica: - Castillo Morales Rubén Antonio - Muñoz Urbina Luis Eugenio Articulo Nº 2: La medida se llevará a efecto en el Campamento Militar, ubicado adyacente a la estación de Ferrocarriles, en la localidad de Conchi comuna de Calama. Provincia de El Loa… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Ricardo García Rodríguez, Ministro del Interior Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior

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Acta N° 83

Se discute en base a antecedentes sobre CODELCO se acuerda se estudie un aumento en las remuneraciones del personal según base porcentual. Se acuerda que no existen fondos fiscales para apoyar a ENAMI se considera pedir a la Gran Minería. La Junta estima que debe agilizarse el término de las obras iniciadas en minería. El Ministro de Relaciones Exteriores tiene un reclamo ante Siria por publicaciones en la prensa en contra de Chile; sobre el problema de los derechos humanos, el Secretario General de Naciones Unidas solicita la visita de su secretario, cosa que al Ministro no le parece adecuada. Por su parte la OEA también ha manifestado intenciones de visitas; los detenidos son el centro de preocupación. Aún quedan 210 asilados en las diferentes embajadas de 6700 que se asilaron, se designó una comisión que apure los procesos de extradición. Se establece que el traslado solicitado por el embajador de Suecia de asilados en la embajada de Cuba debe hacerse en vehículo militar. Se trata el tema de las designaciones de cargos políticos. El alcalde de Santiago hace invitaciones para la Junta en el plano cultural.

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Decreto Nº 22

Decreto Nº 22 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Aliro del Carmen Ugalde Meza Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Frente a la persecusión de que está siendo...

  • CL MMDH 00000134-000016-000011
  • item
  • 2005-08-10
  • Part of Hertz Carmen

Carta de Augusto Pinochet Ugarte en la que asume su responsabilidad por los hechos que investiga el Ministro Muñoz y negando toda participación que en ellos pueda corresponder a su cónyuge, hijos y mis colaboradores más próximos. Firma: Augusto Pinochet Ugarte

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Decreto Supremo Nº 391

Decreto Nº 391 Hoy se decretó lo que sigue: vistos las facultades que se me confieren en el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en Decreto Supremo Nº 138 , de Interior con fecha 31 de enero de 1985. Decreto: Articulo 1, Dispónese el arresto de las personas que indica: - Valenzuela García Elías Antonio - Cañas López Francisco Eduardo - Garcés Parada Guillermo Edgardo - Vergara Loyola Pablo Esteban - Pérez Cuevas Rafael Enrique - Cuevas Cueto Carlos Eugenio Articulo Nº 2: La medida se llevará a efecto en el Campamento Militar, ubicado adyacente a la estación de Ferrocarriles, en la localidad de Conchi comuna de Calama. Provincia de El Loa… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Ricardo García Rodríguez, Ministro del Interior Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior

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Acta N°112-a

Ministro de Justicia expone estudiar condición de menores en situación irregular. "El niño en situación irregular es un caldo de cultivo del marxizmo…" Acerca de los procesos militares se señala lo siguiente: que se estudie la participación de la Corte Suprema en las sentencias que dicten los tribunales militares. "Temo que el día de mañana, en 10 años más supongamos, cuando la historia se juzgue, se culpe de las posibles injusticias que en algunos casos se van a cometer, exclusivamente a las Fuerzas Armadas (…) los tribunales militares van a cometer errores…" También hablan sobre el daño que causa a la gente las detenciones arbitrarias y la falta de información que hay en cualquier servicio de fiscalía "yo, como Ministro del Interior no sé quién está preso en Chile". Se refieren a ley de arriendos y también tocan el tema de la tributación de camiones. Decreto Fuerzas Armadas, viene a complementar la ley reservada N° 13.196, acerca de compra que hizo las Fuerza Aérea "esto permitiría entonces, llevar una contabilidad aparte, separada y secreta de todos estos compromisos (…) dejar a la Defensa Nacional, como quien dice, con una contabilidad al margen y aparte de la que se lleva" Estudian mecanismos para hacer desaparecer dineros (página 16). Finalmente se estudia la necesidad de disminuir el personal de la Administración del Estado.

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Decreto Nº 23

Decreto Nº 23 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - José Julián Peña Maltes Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Acta N°113-a

Se recibe al señor Contralor General de la República, plantea que la principal preocupación es legislar sobre el tema económico "… no hay problemas de seguridad interior, porque estamos en Estado de Guerra, en Zona de Emergencia…" Se refiere a la necesidad de cambiar políticas sociales y laborales, sobre todo en las empresas que fueron recuperadas de las expropiaciones ocurridas durante el gobierno anterior.

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Decreto Supremo Nº 564

Decreto Supremo Nº 564 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1264 14-09-1981 Dinamarca Fontana Isabel Elena D.S Nº 1294 15-09-1981 Ovando Palet Blanca Inés D.S Nº 1320 15-09-1981 Hidalgo Navea Kranelin D.S Nº 1359 16-09-1981 González Erices Enriqueta del Carmen… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior

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Santiago catorce de septiembre de dos mil cinco...

  • CL MMDH 00000134-000016-000012
  • item
  • 2005-09-14
  • Part of Hertz Carmen

Documento que niega la solicitud desafuero presentada en contra de Augusto Pinochet Ugarte, debido a una serie consideraciones, entre ellas la enfermedad mental incurable que lo afectaba e inhabilitaba para que sustanciara un proceso en su contra.

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Decreto Nº 24

Decreto Nº 24 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Zbigniew Rubinek Manzur Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Decreto Nº 25

Decreto Nº 25 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Rolando San Martín Martín Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Decreto Supremo Nº 565

Decreto Supremo Nº 565 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1218 14-09-1981 Cofré Box Mario Rubén D.S Nº 1226 14-09-1981 Caballero Calderón Roxane del Carmen D.S Nº 1247 14-09-1981 Arévalo Ibacache Alicia Gumercinda D.S Nº 1279 14-09-1981 Contreras Sierra Hugo Rafael Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Acta N° 118

Acta de la Junta de Gobierno, en ella se tratan los siguientes temas: 1° se recibe al Ministro de Hacienda quien se refiere al decreto ley que crea el Ministerio de Transportes. Da a conocer el borrador del decreto- ley de reajuste de sueldos, también da a conocer su opinión sobre la ubicación en los cargos de la Planta de la Junta de Gobierno y trata el problema de los gastos de representación de los Ministerios. Se recibe en audiencia al señor Secretario General de Gobierno y a los representantes de la Editorial Gabriela Mistral. Se recibe al Ministro de Relaciones Exteriores, expone sobre el problema de los asilados y sus repercusiones en la imagen mundial (página 4). La política radica en: Conceder salvoconductos a todos los asilados que no tienen procesos pendientes de extradición. No conceder, por el momento, salvoconductos a los asilados recientemente presentados a la Embajada de México.

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Acta N° 138

Acta de una hoja en que se señala la entrega del rendimiento de cuenta sobre las renegociaciones de la deuda del cobre. Memorandum Confidencial: comienza aclarando ciertas cosas conceptuales entre las que señala que la Junta de Gobierno se iba a basar en una política de contraste, para destacar la imagen de lo nuevo. Se expresa que este contraste se debe explicitar y hasta caricaturizar. En el marco de definir la campaña del gobierno y el discurso de lanzamiento de esta misma, se señala que "La idea fuerza es básicamente la Junta, el Presidente de la Junta y este nuevo Chile…" "El 11 de septiembre es para nosotros una inversión muy grande. Si no lo aprovechamos, estamos haciendo una mala inversión." "Ahora tenemos todo lo posible para eso; bien, adoctrinemos a Chile con los nuevos conceptos…"

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Decreto Supremo Nº 594

Decreto Supremo Nº 594 Visto: Lo dispuesto en el articulo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo 2 transitorio del DL Nº 1.878 de 1977, agregando por artículo único del la Ley Nº 18.315 de 1984. Decreto Artículo único: Las siguientes dependencias de la Central Nacional de Informaciones serán consideras como lugares de detención, para los efectos del cumplimiento de los arrestos que se dispongan en virtud de la disposición vigésimo cuarta transitoria de la Constitución Política de Chile Región Metropolitana Santiago: Av. Santa María Nº 1453 I Región Tarapacá Arica: Casa habitación ubicada en parcela 35 San Miguel de Azapa. Iquique: Esmeralda Nº 85 II Región Antofagasta Antofagasta: Latorre Nº 2192 IV Región La Serena: Colo Colo Nº 2001... Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 29

Decreto Nº 29 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Eduardo Valero Avendaño Herrera. - Pedro Enrique Huertas Tapia Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Solicitan desafuero del inculpado Augusto Pinochet Ugarte...

  • CL MMDH 00000134-000019-000015
  • item
  • 2005-10-17
  • Part of Hertz Carmen

Documento de Carmen Hertz Cádiz y Alfonso Insunza Bascuñán que solicita el desafuero del inculpado y su detención, ya que existen sospechas fundadas de que el Sr. Augusto Pinochet Ugarte ha tenido participación en los delitos de malversación de fondos públicos y negociaciones incompatibles, previstos y sancionados por el código penal…

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Acta N° 159 -a-

Se recibe en audiencia al señor Director de la Oficina de Planificación Nacional y al señor Director de Comunicaciones Sociales. Después de analizar los resultados del Censo del año 1970 se procedió a calificar lo que se iba a entender por extrema pobreza.

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Decreto Supremo Nº 599

Decreto Supremo Nº 599 Visto : A) Que el Nº 3 del Artículo 40 de la Constitución Política de la República de Chile, prevé la Declaración del Estado de Emergencia, cuando exista peligro interno para la Seguridad Nacional. B) Lo establecido en la letra A Nº 1 de la disposición transitoria decimoquinta de la misma carta fundamental… Decreto Declárese zonas de Estado de Emergencia a partir del 22 de junio de 1984, las Regiones, Provincias y Comunas del País que se indican por un lapso de 90 días y desígnese jefe de ellas a los siguientes Oficiales de las Fuerzas Armadas, con las facultades determinadas en los artículos 33 y 34 de la Ley 12.927. I Región Brigadier General Jorge Alejandro Dowling Santa María (Rut: 2. 610.420-3) II Región Brigadier General Alfredo Orlando Calderón Campusano (Rut: 2.790.492-0) Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante. Ministro de Defensa Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 46

Decreto Nº 46 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Kir Vladimir Fontana Espinoza Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Acta N° 180 -a-

Temas a tratar: Resultados de la visita a Alemania del Sr. Ministro de Coordinación Económica, Pequeña Minería, Situación de Transportistas. Se señala el interés de empresas mineras alemanas por asociarse con capitales chilenos. Se toca el caso de Clodomiro Almeyda (páginas 3 y 4), en que se exige su liberación a cambio de la posibilidad renegociar la deuda externa chilena y facilitar los tratos económicos con Alemania.

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Solicitan desafuero del inculpado...

  • CL MMDH 00000134-000019-000016
  • item
  • 2004-12-14
  • Part of Hertz Carmen

Documento de Carmen Hertz Cádiz y Alfonso Insunza Bascuñán que solicita el desafuero de Augusto Pinochet Ugarte al Sr. Sergio Muñoz, Ministro de Fuero, ya que existen sospechas fundadas de que el inculpado ha tenido participación en los delitos de fraude al fisco, malversaciones de fondos públicos y negociaciones incompatibles e infracción al código tributario.

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Decreto Supremo Nº 603

Decreto Nº 603 Visto lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo Nº 2 transitorio del DL 1.878 de 1977, agregado por artículo único de Ley Nº 18.315 de 1984. Decreto: Artículo único: Rectifíquese el Decreto Supremo Nº 594 de 14 de junio de 1984, del Ministerio del Interior, en el sentido que la dependencia de la Central Nacional de Informaciones en la Ciudad de Concepción Nº 701 y no como se indica en el sentido Decreto. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 47

Decreto Nº 47 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Julio Vicente Alberto Querol Vinagre Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior.

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Acta N°193-A

Acta de reunión de la Junta de Gobierno en sesión secreta. El señor Sergio Diez informa sobre sus gestiones en las naciones unidas y la UNESCO, hace referencia a los presos políticos y a la situación política cubana, por otro lado aclara la necesidad que tiene Chile de permanecer dentro de la Organización de Naciones Unidas, principalmente para no quedar aislados. Plantea que Naciones Unidas necesita un reglamento para su funcionamiento. Luego se toca el tema sobre las medidas para implementar el plan de recuperación económica "debe tenerse suma cautela para analizar cuáles quedan en poder del Estado y cuáles no quedan…"

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Decreto Supremo Nº 712

Decreto Supremo Nº 712 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1227 14-09-1981 Bunster Briceño Manuel Cesar D.S Nº 1229 14-09-1981 Bravo Bravo Juan Claudio D.S Nº 1249 14-09-1981 Arraño Oyarzun Luis Alberto D.S Nº 1305 15-09-1981 Mason Padilla Patricio Ricardo… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 49

Decreto Nº 49 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Natacha Neut Bocaz Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Decreto Supremo Nº 747

Decreto Nº 747 Visto lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo Nº 2 transitorio del DL 1.878 de 1977, agregado por artículo único de Ley Nº 18.315 de 1984 y el Decreto Supremo N° 594 con fecha 14 de junio de 1984, del Ministerio del Interior. Decreto: Artículo único: Modifíquese el Decreto Supremo Nº 594 de 14 de junio de 1984, del Ministerio del Interior, que señaló como lugares de detención, la dependencia de la Central Nacional de Informaciones en el sentido de reemplazar en la VII Región del Maule, Ciudad de Talca, la dependencia de Avda. 2 sur Nº 1403, por la de la calle 4 oriente N° 1470 y de incluir en la IX Región de la Araucanía, la dependencia de Miraflores N° 724.. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 51

Decreto Nº 51 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Adolfo José Vera Martínez Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Acta N°226-A

Acta de la Junta de Gobierno reunida en Sesión Secreta. Expone el Ministro de Relaciones Exteriores sobre situación chilena. Ante la próxima sesión de la Asamblea General de Naciones Unidas, donde se deben tratar por lo menos 120 temas relativos a Chile, el Ministro expresa: "lo que nos interesa especialmente es tener sus instrucciones respecto de cuál va a ser el tono de la política general a seguir en la Asamblea…" Se refiere a la "campaña contra Chile" que se mantiene por más de un año, en relación a los derechos humanos. 4 junio 1975 Pinochet resuelve, por razones de dignidad y seguridad nacional, dejar sin efecto la autorización para que el grupo de trabajo ad hoc (Naciones Unidas) realice su investigación en Chile acerca de la situación de los derechos humanos. Página 12 se detallan 3 posibles cursos de acción para enfrentar la situación en la Asamblea General de Naciones Unidas. Página 13, se trata sobre la posible pérdida del apoyo de Kisinger quien es el "principal defensor de la causa chilena en Estados Unidos..." Página 19 se refiere a experiencias de otros países en que se ha utilizado el Estado de Sitio para detener personas sin seguirles juicio (Alemania, Francia, Inglaterra). Página 34, se refiere a los detenidos que han salido del país y los que quedan hasta la fecha.

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Acta N° 205- A

Acta de la Junta de Gobierno, Sesión Secreta. Expone el señor Ministro de Relaciones Exteriores sobre la política exterior, sobre la reunión de la Organización de Estados Americanos "A mi juicio, el resultado fue un mayor respeto por Chile, mayor cordialidad con cada uno de los miembros de la delegación chilena y, también, mayor número de votos. En materia de Derechos Humanos se obtuvo la postergación por un año de tratar este tema" Página 7, se comenta sobre la necesidad de que los militares que están en cargos políticos no firmen con su grado, sino que sólo con el cargo político que cumplen. Página 8 se trata el tema de la Relación de Chile con los países árabes, respecto al contacto con Israel. Página 14, sobre designación de nuevos Embajadores. Página 17, se comenta sobre quiénes asistirán al Año Internacional de la Mujer en Méjico, donde tienen información que se hablarán cosas contra Chile.

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Decreto Supremo Nº 812

Decreto Supremo Nº 812 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto el Decreto Supremo que se menciona y autoriza el reingreso a territorio Nacional a la persona que señala a continuación. D.S Nº 822 13-07-1983 Horta Tricallotis Constantino Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 63

Decreto Nº 63 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Sergio Alberto Oyarce Reyes - José Alejandro Oyarce Reyes - Vilma Ester Oyarce Reyes - Julieta Elisabeth Oyarce Reyes - Ruth Patricia Oyarce Reyes Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Decreto Supremo Nº 901

Decreto Nº 901 Teniendo presente: que subsisten las consideraciones que motivaron la dictación del Decreto Supremo N° 263 del Ministerio del interior de 1984. Vistos lo preceptuado en la disposición vigesimocuarta transitoria de la Constitución Política de la República de Chile y en los Decretos Supremos Nº 359, 1159 de 1981, Nº 198, 1161 de 1982, Nº 301, 1043 ambos de 1983 y N° 263 de 1984. Todos ellos del Ministerio del Interior. Decreto. Artículo único, renuévese a contar del 11 de septiembre de 1984 el estado de perturbación de la paz interior, declarado por Decreto Supremo Nº 263, del Ministerio del Interior. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 77

Decreto Nº 77 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Carlos Eduardo Morgado Bravo - Oscar Sergio Morales Bergeret - Jaime enrique Valenzuela Salinas Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.

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Acta N° 279- A

Comienza la sesión secreta, el primer tema a tratar se refiere a "Realización de estudio sobre fundamentos jurídicos y mantención de la expresión "Decreto Ley" en la legislación" Se discute el proyecto de decreto ley que modifica el artículo 1° de D.L. 1276 (1975) referido a la tasa tributaria.

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Decreto Nº 78

Decreto Nº 78 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Juan Miguel Molina Manzor Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior. Juan Ignacio García Rodríguez. Subsecretario del Interior

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Decreto Supremo Nº 812

Decreto Supremo Nº 958 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1216 14-09-1981 Condori Salazar Elvira V. D.S Nº 1233 14-09-1981 Athenas Labra Iris D.S Nº 1236 14-09-1981 Aravena Mardones Luis Ignacio D.S Nº 1246 14-09-1981 Andrade Chahuel Ricardo Patricio Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Supremo Nº 980

Decreto Supremo Nº 980 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1211 14-09-1981 Campusano José Agustín D.S Nº 1225 14-09-1981 Caballero Urzua Lorenzo D.S Nº 1244 14-09-1981 Alvarado Gonzalez Eliana D.S Nº 1245 14-09-1981 Alvarado Vigar Rafael Máximo… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 79

Decreto Nº 79 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Rubén Darío Calderón Chandia - Amanda Ofelia Garrido Hernández Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior. Juan Ignacio García Rodríguez. Subsecretario del Interior

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Acta N°280- A

Transcripción de la Sesión Secreta Consultiva realizada por la Junta de Gobierno, en ella se discute las Actas Constitucionales N° 2, 3 y 4. "la Constitución Política necesariamente debe ser el reflejo de la realidad nacional…" Entre otros temas, en la página 63 se discute sobre los apremios físicos o psicológicos: "Los que hemos sido jueces de primera instancia podemos decir que la verdad es que el apremio síquico se está usando todos los días, pues de lo contrario no se obtendría jamás una confesión." página 65 el General Leigh sostiene "Para qué vamos a repetir el caso tan conocido de que en Chile está en la boca de todo el mundo justamente por esto: porque hay apremios, hay violación de los derechos humanos…"

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Decreto Nº 80

Decreto Nº 80 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - María Elena Aranda Pérez Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior. Juan Ignacio García Rodríguez. Subsecretario del Interior

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Decreto Supremo Nº 1009

Decreto Nº 1009 Visto lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo Nº 2 transitorio del DL 1.878 de 1977, agregado por artículo único de Ley Nº 18.315 de 1984 Decreto: Artículo único: Modifíquese el Decreto Supremo Nº 603 de 15 de junio de 1984, del Ministerio del Interior, en el sentido que se reemplaza la dependencia de la Central Nacional de Informaciones en la Ciudad de Concepción, por la de la Avda. Bernardo O’Higgins N° 239 Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Acta N° 281- A

Se reúne la Honorable Junta de Gobierno en Sesión Secreta Consultiva, el presidente de la Junta expresa su preocupación por las Actas que se deben corregir luego de ser publicadas, lo que implica controversia a nivel nacional e internacional. Entre los temas que pueden generar este tipo de problemas: "el Presidente de la República se va a ver en muy duros aprietos para frenar o impedir que renazcan los partidos políticos, o que vuelvan a aparecer los sindicatos con sus problemas"

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Decreto Nº 83

Decreto Nº 83 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a las persona que menciona a continuación: - Eliseo Nabucodonosor Aballay González - Ulises Fernando Gallardo Acevedo - Luis Enrique Quilodrán Muñoz - Fernando Jaime Espinoza Espinoza - Jorge Santos Díaz Cornejo Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior.

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Decreto Supremo Nº 1166

Decreto Supremo Nº 1166 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1216 14-09-1981 Coneales Navarro Ana D.S Nº 1219 14-09-1981 Cerda Herrera José Israel D.S Nº 1220 14-09-1981 Cerda Albarracín Víctor Franklin D.S Nº 1221 14-09-1981 Casado Soto Alan Harry… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Supremo Nº 1199

Decreto Nº 1199 Visto lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo Nº 2 transitorio del DL 1.878 de 1977, agregado por artículo único de Ley Nº 18.315 de 1984 Decreto: Artículo único: Modifíquese el Decreto Supremo Nº 603 de 15 de junio de 1984, del Ministerio del Interior, en el sentido que se reemplaza la dependencia de la Central Nacional de Informaciones en la Ciudad de Concepción, por la de la Avda. Bernardo O’Higgins N° 239 Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Supremo Nº 85

Decreto Supremo Nº 85 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1211 14-09-1981 Canto García Héctor D.S Nº 1232 14-09-1981 Bailey Donoso Ingrid Sara D.S Nº 1250 14-09-1981 Báez Sáez Emma Patricia D.S Nº 1253 14-09-1981 Baudet Labbe Lionel Joaquín... Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior.

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Decreto Supremo Nº 1200

Decreto Supremo Nº 1200 Hoy se decretó lo que sigue, visto lo dispuesto en el artículo 40 Nº 2 y disposición 15 transitoria letra B, Nº 4 de la Constitución Política de la República y el acuerdo de la junta de Gobierno adoptado al respecto y considerando la situación de conmoción interior existente. Decreto: Artículo Único se declara a contar de la fecha de la publicación del presente Decreto en el diario oficial, todo el Territorio Nacional en Estado de Sitio, hasta el 4 de febrero de 1984. Anótese, tómese razón , regístrese, publíquese en el Diario Oficial y en los boletines oficiales de Ejército , Armada, Fuerza Aérea , Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 86

Decreto Nº 86 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.530 con fecha 17 de noviembre de 1982 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - María Eugenia Horwitz Vázquez Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior.

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Decreto Nº 87

Decreto Nº 87 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.530 con fecha 17 de noviembre de 1982 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Luis Hernán Liberona Clerck Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior. Juan Ignacio García Rodríguez. Subsecretario del Interior

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Decreto Supremo Nº 1216

Decreto Supremo Nº 1216 Hoy se decretó lo que sigue, visto las facultades que me confieren el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1200 del Ministerio del Interior con fecha 6 de noviembre de 1984. Decreto: Artículo 1º: Las reuniones que en ejercicio del Derecho garantiza el Nº 13 del artículo 19 de la Constitución Política de la República de Chile, se realicen en cualquier lugar, durante la vigencia del Estado de Sitio a que se refieren las disposiciones citadas, deberán ser previamente autorizadas por el respectivo Intendente Regional, en conformidad y con las excepciones que se contienen en los artículos siguientes. Artículo 2º: La autorización a que se refiere el artículo anterior no se requerirá para la celebración de funciones, representaciones, exhibiciones y demás espectáculos que se realicen en locales públicos ordinariamente destinados a ese fin… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Supremo Nº 1217

Decreto Supremo Nº 1217 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1200 con fecha 6 de noviembre, del Ministerio del Interior y lo dispuesto en el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República. Decreto: Artículo 1º: Suspéndase a contar de está fecha la edición de las siguientes revistas: Cauce, Análisis, Apsi, Fortín Mapocho, La Bicicleta, y Pluma y pincel. Artículo 2º Durante la vigencia del Estado de Sitio, los diarios, revistas, periódicos y publicaciones en general de radioemisoras y estaciones de televisión del país, se abstendrán de difundir informaciones, entrevistas, comentarios, declaraciones ,inserciones, reportajes, fotografías e imágenes y de toda forma de expresión. Cualquiera sea su origen, que se refieran a hechos que directa o indirectamente pudieran causar alarma en la población, alterar la tranquilidad ciudadana, el normal desarrollo de las actividades Nacionales o versen sobre actos definidos como Terroristas en la Ley Nº 18.314… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 92

Decreto Nº 92 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.530 con fecha 17 de noviembre de 1982 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - González Radalf Inés María Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior. Juan Ignacio García Rodríguez. Subsecretario del Interior

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Decreto Supremo Nº 1291

Decreto Supremo Nº 1291 Hoy se decretó lo que sigue, visto las facultades que se me confieren el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1200 del Ministerio del Interior con fecha 6 de noviembre de 1984. Decreto: Artículo 1º: Dispone el arresto de las personas que a continuación se indican: 1. Mario Saavedra Devia 2. Nibaldo Jesús Rubio Espinoza 3. René Patricio Zúñiga Collado 4. Jorge Enrique Poblete Vergara 5. Regalado de Jesús Ávila Bustamante 6. Milton Edgardo Carvallo Flores 7. Juan Ramón Aránguiz Maldonado 8. Oscar Hernán Collado Rivera 9. Héctor Enrique Nauto Aravena 10. Oscar René Hernández García… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 94

Decreto Nº 94 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - David del Carmen Iturra Andaur Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior.

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Decreto Nº 97

Decreto Nº 97 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.530 con fecha 17 de noviembre de 1982 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a la persona que menciona a continuación: - Héctor Enrique Figueroa Yáñez Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior. Juan Ignacio García Rodríguez. Subsecretario del Interior

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Decreto Supremo Nº 1292

Decreto Supremo Nº 1292 Hoy se decretó lo que sigue, visto las facultades que se me confieren el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1200 del Ministerio del Interior con fecha 6 de noviembre de 1984. Decreto: Artículo 1º: Dispone el arresto de las personas que a continuación se indican: 1. Juan Carlos Palacios Riquelme 2. Jesús Guillermo Robledo León 3. Patricio Gabriel Sánchez Núñez 4. Felipe Sandoval Loncon 5. Sergio Enrique Sepúlveda Cares 6. Roberto Eugenio Tognarelli Barragán 7. Jorge Reinaldo Yáñez Tirado 8. Ricardo Enrique Zenteno Valenzuela 9. Manuel Jesús Zúñiga Urzua 10. Juan Alberto Alvarado Garcés Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Supremo Nº 1293

Decreto Supremo Nº 1293 Hoy se decretó lo que sigue, visto las facultades que se me confieren el artículo 41 Nº 2 de la Constitución Política de la República de Chile y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1200 del Ministerio del Interior con fecha 6 de noviembre de 1984. Decreto: Artículo 1º: Dispone el arresto de las personas que a continuación se indican: 1. Juan Carlos Sánchez Catalán 2. Ricardo M. Riquelme Martínez 3. Sergio Ureta Valenzuela 4. Roberto Andrés Abarca 5. Hernán Enrique Prieto Silva 6. Juan Carlos Acuña Cerda 7. Raúl Del Carmen Núñez Soto 8. Manuel Aníbal Acuña Galáz 9. Jaime A. Albornoz Astudillo 10. Oscar Ernesto Barrera Pogge… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 106

Decreto Nº 106 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a las personas que menciona a continuación: - Guillermo Antonio Miranda Rojas - María Josefina Lira Bianchi Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior.

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