Bando Nº 79-A. Vistos: Las atribuciones conferidas al suscrito por la Junta de Gobierno; 1.- La Necesidad imperiosa de proteger la Fauna de la Provincia de Aysén y del País. 2.-La supervivencia de las especies y su población… Resuelvo: 1.- La caza, transporte, posesión y comercialización de todas las especies mamíferas cuyas pieles posean gran mercado y que se encuentran en franca extinción, como ser: Huemul, Huillín o Nutria de Rio o Lobito de Rio, Ciervo, Venado o Pudú, Guanaco o Luan, Vizcacha, Lobo de Mar ya sea cualquiera de su especie, Chungungo o Gato de Mar o Nutria de Mar, Zorro Gris (…) de acuerdo al Decreto Nº 186 de 28 de marzo de 1963. 2.- A las personas que violen la prohibición, se les sancionara con el máximo rigor que establece la Ley. Firma: Humberto Gordon Rubio. Crl de Ejército, Intendente Regional a la fecha. Bando conserva el mismo nombre, pero se le agrega las siguientes siglas: Regto. Inf. Ref. Mot. Mna. Nº 14 Aysén. Además no refiere fecha y timbre, solo la firma del Coronel Humberto Gordon