Decreto Supremo Nº 320 Visto lo dispuesto en el articulo 41 Nº 4 de la Constitución Política de la República de Chile y el Decreto Supremo Nº 310 de 21 de marzo de 1984, del Ministerio del Interior. Decreto: Artículo 1: Durante el Estado a que se refiere el Decreto Nº 310 de 21 de marzo de 1984 Del Ministerio del Interior, los diarios, revistas, periódicos, publicaciones, las radiodifusoras, estaciones de televisión en general cualquier medio de comunicación se abstendrán de destacar o resaltar en sus informaciones y opiniones en las materias hechos o conductas que induzcan, propicien o favorezcan cualquier forma de alteración de orden público. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alfonso Márquez de la Plata, Ministro Secretario General de Gobierno. Luis Simón Figueroa del Rio, Subsecretario del Interior.
Hoja contiene 2 artículos. El primero, de IPS, es un resumen de una entrevista del miembro de la junta militar y comandante en jefe de la Armada, José Toribio Merino, concedida al semanario Ercilla. El segundo, de ANSA, trata de una entrevista entre Herman H. Barguer, del BID, con el general Gustavo Leigh, comandante en jefe de la Fuerza Aérea y miembro de la junta de gobierno de Chile.
Bando Nº 52. Se pone en conocimiento de la Ciudadanía lo siguiente: A.-Se advierte a los ciudadanos que cualquier acto de sabotaje en todo tipo de actividades nacionales, como empresas fabricas, medios de comunicación o de transporte, etc. Será sancionado en la forma más drástica posible, en el lugar mismo de los hechos y sin otra limitación que no sea la determinación por las autoridades del caso, del o los responsables. Es deber de la Ciudadanía consiente el resguardar el patrimonio del País, denunciando en forma inmediata a quienes pretenden paralizar las actividades productoras y laborales de cualquier tipo. B.- La resistencia Armada será aniquilada por el uso de las armas, con el máximo de violencia… Firma: Humberto Gordon Rubio. Crl de Ejército, Intendente Regional a la fecha. (Letra del Bando no muy legible.)
Bando Nº 52. Se pone en conocimiento de la Ciudadanía lo siguiente: A.-Se advierte a los ciudadanos que cualquier acto de sabotaje en todo tipo de actividades nacionales, como empresas fabricas, medios de comunicación o de transporte, etc. Será sancionado en la forma más drástica posible, en el lugar mismo de los hechos y sin otra limitación que no sea la determinación por las autoridades del caso, del o los responsables. Es deber de la Ciudadanía consiente el resguardar el patrimonio del País, denunciando en forma inmediata a quienes pretenden paralizar las actividades productoras y laborales de cualquier tipo. B.- La resistencia Armada será aniquilada por el uso de las armas, con el máximo de violencia… Firma: Humberto Gordon Rubio. Crl de Ejército, Intendente Regional a la fecha.