PROHIBICIÓN DE INGRESO AL PAÍS

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Decreto Supremo Nº 70

Decreto Supremo Nº 70 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1416 16-09-1981 Arroyo Hernández Marilú Elsie D.S Nº 1429 16-09-1981 Díaz Pérez Ana del Carmen D.S Nº 1440 16-09-1981 Sepúlveda Toro Aníbal Angel D.S Nº 1452 16-09-1981 Smith Pérez María Angélica Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior.

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Decreto Supremo Nº 980

Decreto Supremo Nº 980 Hoy se decretó lo que sigue: vistos los antecedentes y teniendo presente que lo dispuesto en el artículo 41 Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile Decreto: Déjese sin efecto los Decretos Supremos, en la parte que afecta a las siguientes personas y autorícese su reingreso al Territorio Nacional: D.S Nº 1211 14-09-1981 Campusano José Agustín D.S Nº 1225 14-09-1981 Caballero Urzua Lorenzo D.S Nº 1244 14-09-1981 Alvarado Gonzalez Eliana D.S Nº 1245 14-09-1981 Alvarado Vigar Rafael Máximo… Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.

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Decreto Nº 83

Decreto Nº 83 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 1.947 con fecha 26 de noviembre de 1981 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional, a las persona que menciona a continuación: - Eliseo Nabucodonosor Aballay González - Ulises Fernando Gallardo Acevedo - Luis Enrique Quilodrán Muñoz - Fernando Jaime Espinoza Espinoza - Jorge Santos Díaz Cornejo Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Enrique Montero Marx, General de Brigada. Ministro del Interior.

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Decreto Nº 437

Decreto Nº 437 Hoy se decretó lo que sigue, visto el Decreto Supremo Nº 187 con fecha 24 de Febrero de 1982 y en conformidad a lo establecido en el Nº 4 del artículo 41 de la Constitución Política de Chile. Decreto: Prohíbase la entrada al Territorio Nacional a las personas que se mencionan a continuación: - Eduardo Enrique Opazo Villalobos Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior

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Pasaporte con letra "L" Limitado para circular.

En 1975 se distribuye en los ministerios, puestos fronterizos y misiones diplomáticas una lista de quienes tienen prohibido el ingreso al país. Los consulados chilenos marcan sus pasaportes con una “L”. Y a estos casi 5000 nombres se agregan los de personas a las que se les ha conmutado la pena de prisión por destierro.

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Señor Presidente, Comisión Internacional Investigadora de los Crímenes de la Junta Militar en Chile.

Testimonio de Silvia Ovalle Farías leído ante la Comisión Internacional Investigadora de Crímenes de la Junta Militar. La mujer escribe desde el exilio, relatando la detención de su cuñado, en suma al delicado estado de salud y económico en el que se encuentra su hermana en Chile, quien sufrió la prisión, torturas y golpes que le provocaron un aborto.