Decreto Nº 747 Visto lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile y lo previsto en el artículo Nº 2 transitorio del DL 1.878 de 1977, agregado por artículo único de Ley Nº 18.315 de 1984 y el Decreto Supremo N° 594 con fecha 14 de junio de 1984, del Ministerio del Interior. Decreto: Artículo único: Modifíquese el Decreto Supremo Nº 594 de 14 de junio de 1984, del Ministerio del Interior, que señaló como lugares de detención, la dependencia de la Central Nacional de Informaciones en el sentido de reemplazar en la VII Región del Maule, Ciudad de Talca, la dependencia de Avda. 2 sur Nº 1403, por la de la calle 4 oriente N° 1470 y de incluir en la IX Región de la Araucanía, la dependencia de Miraflores N° 724.. Tómese razón, anótese y comuníquese. Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército. Presidente de la República. Sergio Onofre Jarpa, Ministro del Interior. Alberto Cardemil Herrera, Subsecretario del Interior.