Decreto Nº 883 El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue: visto lo dispuesto en el Artículo 6º, Nº 4 de la Constitución Política del Estado y el Artículo 10º, Nº 1 del Decreto Ley Nº 527, de 1974 y teniendo presente que por Decreto Ley Nº 922 con fecha 11 de marzo de 1975, se declara en Estado de Sitio el territorio de la República por el plazo de 6 meses. Que Anselmo Sule Candía, chileno de origen, ha tenido actuaciones en el extranjero que atentan gravemente contra los intereses esenciales del Estado; que las referidas actuaciones fueron realizadas durante la vigencia en Chile del Estado de Sitio y por Oficio secreto Nº 16/10 con fecha 26 de junio de 1975, la Secretaría General de Gobierno comunica el acuerdo unánime del Consejo de Ministros, en el sentido de cancelar la Nacionalidad Chilena a la persona mencionada. Enrique Montero Marx Subsecretario del Interior.
Chile. Ministerio del Interior. Departamento de Extranjería y Migración