Víctima Valech (C - D)

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  • Nómina extraída del Informe Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura (CNRR) también conocida como Comisión Valech. Este informe, fue elaborado en base al testimonio de más de 35 mil chilenos detenidos y sometidos a apremios ilegítimos tras el golpe de Estado.

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Justa Memoria

Este documental forma parte de un proyecto más amplio denominado “Buena Memoria”, investigación destinada a recuperar la buena memoria histórica del Poder Judicial, rescatando la labor anónima de juezas y jueces que durante la dictadura trabajaron en defensa de los derechos humanos de los justiciables. Dirigido por Simón Poblete Tapia. Producción de la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados del Poder Judicial.

Sentencia Consejo de Guerra

Se ha deducido acusación en contra de 21 hombres, entre 18 y 60 años, provenientes de diversas ciudades de Chile. Por delitos consignados bajo la Ley de Seguridad del Estado.

Causa 24. Tejas Verdes, se ha instruído este sumario…

Se ha instruido este sumario a fin de investigar los delitos de tenencia ilegal de armas, infringir lo dispuesto en el bando 32 de la Junta de Gobierno, distribuir panfletos subversivos después del 11 de septiembre, formar grupos para-militares y ofender a las Fuerzas Armadas. Se confirma la pena impuesta a Orlando Farías Farías, Carlos Figueroa Henríquez, Juan Manuel Barahona Pinto, Sergio Leiva Gómez, Matilde Acevedo Rivero, Luis Carrasco Zamorano, Mariella Bacciarini Inostroza, Olga Letelier Garuz, Ana Becerra Arce, Juan Vargas Chávez, Arturo Matus Sepúlveda, Luis Becerra Jeria, Wladimir Yáñez Ureta, Luis Vidal Céspedes, Juan Rodríguez Silva, Arturo Farías Vargas, Héctor Farías Silva.

Causa Rol N°21-73 La presente causa…/ Contesta acusación…/ Formula descargo…/ Certificado de estudio…

De la presente causa se ha deducido acusación en contra de: Ángel Aburto Olivos, Juan Vivar Velásquez, Hernán Álvarez Navarro, Arturo Olivares Mella, Miguel Concha Hernández, Luis Mayor Olivos, Alejandro Ferrer Fernández, Máximo Parilo Vergara, José Aravena Zanetti, Rudecindo Valderrama Pino, Juan Lausic Glasinovic, Francisco Márquez Márquez, Patricio Cáceres, Custodio Aguilar Oyarzún, Guillermo Mell Garces, José Vargas Alvarado, Juan Paillamán Tenorio, Santiago Oyarzo Placencia, del menor Sergio Logercio Cruzat, de Gerónimo España Bórquez y de Víctor Riesco Tellez./ Contesta acusación el abogado Hugo Espinoza Balcazar en representación de Máximo Parilo Vergara, Juan Vivar Velásquez y Gerónimo España Bórquez, solicita remisión condicional de la pena./ Formula descargos al dictamen el abogado Raúl Rodríguez Álvarez en representación de Guillermo Mell Garces, Francisco Márquez Márquez, Patricio Cáceres Vidal y Ángel Abusto Olivos, solicita remisión condicional de la pena./ Certificado de estudios a nombre de Abel Paillamán Tenorio, Magallanes.

Causa Rol N°1001-74 / Sentencia N°35…/Solicita conmutación de pena/ Contesta la acusación.../

Causa instruída contra Jorge Núñez Ampuero, Erico Figueroa Zurita, José Barra Navarrete, Luis Salgado Reyes, Elvira Delgado Reyes, René Aros Manque, Silvia Lienlaf Gómez, Carlos Aros Manque, Luis Carrasco Carrasco, Rudecindo Molina López, Carlos Carvallo Santelices, Herando Solar Fuentealba, Manuela Parra Barriga, Luis Cisternas Lagos, Lidia Ramirez Suarez, Luis Reyes Morales, Claudio Contreras Lovera, Segundo Vargas González, Viviana Barros Yévenes y Ramiro Lepe González/ Proceso instruído en contra de María Nilda Barra Godoy./ Sergio Fernández solicita conmutación de pena, representando a René Aros Manque./ Contesta a la acusación Juan Puentes por todos los inculpados mencionados anteriormente.

Rol N°865-74 Se instruyó este sumario…. Temuco.

Se instruyó este sumario estimándose responsables a Gustavo Marín Ugas, Miguel Cabrera Fernández, Víctor Molfinqueo Cayufilo, Aldo Contreras Droguett, Elsa Torres Hermosilla, Jorge Plaza Sánchez, Miguel Torres Zapata, Alberto Castro Espina, Enrique Parada Castro, Pedro Escalona Ferrer, Enrique Pérez Rubilar y José Seguel Sepúlveda./ Apruébase la sentencia precedente en contra de Gustavo Marín Ugas/ Certifico que los documentos fotocopiados son fiel a sus originales para trámites del reo Luis Pérez Rubilar/ Certifico que la copia autorizada ordenada a dar la resolución de Amnistía decreta que se sobresee parcial y definitivamente al inculpado Julio Azócar González o Julio Azócar Avendaño./ El abogado Juan Hettich Alvear contesta acusación fiscal.

Causa Rol 1928-73/ Se ha instruído la presente causa…/

Se ha instruído la presente causa en tiempo de guerra…/en contra de Francisco Miguel González, Juan Romero Saravia, Dago Guiñez Ulloa, Luis Dall´Orzo Tapia, Mario Villalobos Cid, Ramón San Martín Carrasco, José Sáez Sáez, Benito Sánchez Muñoz, Manuel García Chamorro, Wenceslao Rioseco Rioseco, Marco Espinoza Inostroza, Alfonso Cortez Soto y a Guillermo Riffo Riffo./ El abogado Eduardo de la Barra Vega contesta representando a José Saéz Saéz./Copia de sentencia/ Abogado Luciano Salgado Alegría contesta representando a Dago Guiñez Ulloa./El abogado Gilberto Grandón Castillo contesta representando a Ramón San Martín Carrasco./ Solicitud de conmutación de saldo de la pena del reo Dago Guiñez Ulloa…/ El abogado Arturo Pérez Rifo contesta representando al reo Mario Villalobos Cid…/ Solicitud de la pena del reo José Sáez Sáez…

Causa N°10/73 Sentencia N°92 Se ha instruído la presente Causa /En lo principal: Contesta dictamen del señor Fiscal.

Se ha instruído la presente Causa del Tribunal Militar en Tiempo de Guerra de Arica contra los siguientes inculpados: Mario Allende Celedón, Osciel Contreras Cifuentes, Miguel Olivo Azua, Eliseo Huanca Yucra, Julio Camara Cortes, Ivan Rubio Abarca, Raúl Sánchez Vega, José González Núñez, Víctor Caballero Astudillo y Ramón Alfaro Morales; Por haber incitado, inducido, ayudado o haber formado parte de las milicias u organizaciones semejantes con los fines de sustituir a la fuerza pública, atacarla o interferir en su desempeño o con el objeto de alzarse contra las autoridades civiles o militares. / Hernán Romero Castro abogado en defensa de Ivan Rubio Abarca, se solicita absolver de toda responsabilidad penal al inculpado.

Causa Rol N°51/74 "Copia Autorizada" Sentencias primera y segunda instancia. Rancagua.

Requerimiento interpuesto por el señor Intendente de Colchagua don José Castro Sauritain, para que se persiga la responsabilidad criminal de Teodoro R. Valdés Ramírez, Abraham Pinto Atenas, Jorge A. Cornejo Zuñiga, René Donoso Ruz, Juan S. Cornejo Navarro, Severino V. Núñez Ríos, Guillermo A. Toro Arancibia, Pedro N. Campos Carrasco, Bernardo Rebolledo Silva, José Daza Caro, Claudio Guajardo Carrizo, Arnaldo I. Contreras Moreno, Ernesto Bustos Lizama, Fernando González Soto, Pedro Yañez Vilches, Víctor Huerta Arriagada, Archivaldo Morales Flores, Gregorio A. Martínez Marinagoitía, Francisco González Allende, Sergio Aguilar Valenzuela, Victorino Bozo Pérez, Juan Gabriel Llanos Mella, Héctor F. Bozo Bozo, Jaime Osorio Gálvez, Juan Quijada Cabello, Juvenal del Carmen Valdés y Manuel G. Muñoz Fernández; todos los cuales han participado activamente en una organización clandestina del Proscrito Partido Comunista.

Causa rol N°51/74 ."Copia autorizada" Sentencia de primera y segunda instancia Rancagua.

Requerimiento interpuesto por el señor Intendente de Colchagua don José Castro Sauritain, para que se persiga la responsabilidad criminal de Teodoro R. Valdés Ramírez, Abraham Pinto Atenas, Jorge A. Cornejo Zuñiga, René Donoso Ruz, Juan S. Cornejo Navarro, Severino V. Núñez Ríos, Guillermo A. Toro Arancibia, Pedro N. Campos Carrasco, Bernardo Rebolledo Silva, José Daza Caro, Claudio Guajardo Carrizo, Arnaldo I. Contreras Moreno, Ernesto Bustos Lizama, Fernando González Soto, Pedro Yáñez Vilches, Víctor Huerta Arriagada, Archivaldo Morales Flores, Gregorio A. Martínez Madinagoitía, Francisco González Allende, Sergio Aguilar Valenzuela, Victorino Bozo Pérez, Juan Gabriel Llanos Mella, Héctor F. Bozo Bozo, Jaime Osorio Gálvez, Juan Quijada Cabello, Juvenal del Carmen Valdés y Manuel G. Muñoz Fernández; todos los cuales han participado activamente en una organización clandestina del Proscrito Partido Comunista. Al final valida el uso de ciertas palabras escritas entre líneas.